El Gobierno ha limitado el derecho de las concesionarias al reequilibrio económico por el impacto que la crisis del coronavirus tiene sobre sus ingresos únicamente a aquellos contratos firmados desde diciembre de 2011. Esto supone dejar el grueso de las concesiones de obras y servicios fuera de la posibilidad de recibir una contraprestación, en forma de prolongación del plazo fundamentalmente, según denuncian fuentes del sector. La decisión, materializada en el Real Decreto-ley 11/2020, aprobado el 31 de marzo, implica "poner en jaque la viabilidad de las concesionarias" y abre la puerta a que se desate "una oleada de demandas judiciales contra el Estado", de acuerdo con las fuentes empresariales consultadas.
La medida afecta a grandes grupos de infraestructuras como ACS, Abertis, Ferrovial, Acciona o FCC, pero también a entidades financieras y fondos de inversión y pensiones internacionales (Ardian, Meridiam, Mirova, IFM, APG, DIF, CPPIB, Brookfield, John Laing, Aberdeen, TIIC...) que son hoy propietarios de las concesiones, así como empresas de un tamaño más reducido. Impacta sobre concesiones de todas las Administraciones (Estado, Comunidades Autónomas y entes locales) y de todo tipo, como autopistas y autovías, hospitales, centros deportivos, tranvías, equipamiento público, centros penitenciarios o instalaciones deportivas, entre otras muchas infraestructuras o servicios.
En el Real Decreto-ley 8/2020 del 17 de marzo, en el apartado 4 del artículo 34, el Gobierno reconoce que la situación de hecho creada por el Covid-19 y las medidas adoptadas por las autoridades competentes para afrontar la pandemia darán el derecho al concesionario al restablecimiento del equilibrio económico del contrato mediante, según proceda en cada caso, la ampliación de su duración inicial hasta un máximo de un 15% o mediante la modificación de las cláusulas de contenido económico incluidas en el mismo.
Las licitaciones de concesiones publicadas desde 2012 suman 4.716 millones, frente a los 51.232 millones registrados entre 2003 y 2011
Con el RD-ley 11/2020, que corrige parcialmente el texto del RD-ley 8/2020, el reequilibrio económico por el que las concesionarias podrán alargar el plazo de sus contratos para compensar los menores ingresos registrados en estos meses se mantiene, pero no podrán acogerse al mismo aquellas que se iniciaron antes de diciembre de 2011.
Esto deviene de la introducción de un nuevo apartado, el 7, en el artículo 34 del RD-ley 8/2020, en el que se señala que, a los efectos de este artículo, sólo tendrán la consideración de contratos públicos aquellos que con arreglo a sus pliegos estén sujetos a la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público; o al texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RD Legislativo del 14 de noviembre de 2011); o a la Ley 31/2007 de sectores excluidos ( agua, energía, transportes y servicios postales; o Libro I del RD-ley 3/2020 de medidas urgentes.
Si el Ejecutivo no rectifica, es previsible que haya una judicialización masiva
Así, todas las concesiones que se rijan por leyes anteriores a éstas quedan excluidas del derecho al reequilibrio, que son, según señalan en el ámbito empresarial, una gran parte de todas las que hoy están vigentes. Como muestra, las licitaciones de concesiones publicadas desde 2012 (ocho años) suman un importe de 4.716 millones de euros. Se trata de una cantidad prácticamente igual que la licitada sólo en 2011, cuando ascendió a 4.426 millones. Y en los ejercicios previos los niveles habían sido también muy superiores. No en vano, entre 2003 y 2011 (nueve años), el volumen alcanza los 51.232 millones.
El cambio introducido por el Gobierno amenaza el futuro de decenas de concesiones y, de no rectificar, es previsible que haya una judicialización masiva. En función de cuánto se prolongue la situación actual, en muchos contratos la viabilidad, sin un reequilibrio, está en riesgo, puesto que "las concesionarias tienen que atender el servicio de la deuda y todos los costes de mantenimiento y sus ingresos han caído en muchos casos un 90%", recuerdan en el sector. Sin la extensión del plazo, que no implica gasto en el corto plazo para la Administración, las concesionarias tendrán más difícil reprogramar el plan económico-financiero con los acreedores, advierten.
Reequilibrio con devengo mensual
El derecho al reequilibrio económico incluido en el RD-ley del 17 de marzo había satisfecho a las concesionarias en términos generales, si bien consideran que el Gobierno debe aclarar que se contemple como causa de fuerza mayor la situación generada por el coronavirus. Asimismo, en las concesiones públicas, demandan que el reequilibrio tenga lugar en los seis meses posteriores al 14 de marzo, cuando el Gobierno decretó el estado de alarma, devengando el derecho al mismo mensualmente.Relacionados
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