
Las personas que solicitan una pensión de incapacidad permanente lo hacen sabiendo que se trata de la prestación contributiva más peculiar de todas las que abona la Seguridad Social, algo que lleva a estas personas a pasar determinados momentos de incertidumbre debido a lo dilatado del proceso.
La Seguridad Social tiene hasta 135 días hábiles a contar desde la apertura del expediente para tomar una decisión sobre la concesión o denegación de la pensión de incapacidad permanente. Un plazo que, no obstante, no siempre ayuda al solicitante porque en ocasiones se da la circunstancia de silencio administrativo, por la cual la ausencia de respuesta implica el 'no' a la pensión.
Para las ocasiones en las que el solicitante de la pensión está esperando una respuesta y aún no se han cumplido esos 135 días hábiles de plazo, la Seguridad Social dispone de un servicio en su página web que permite al ciudadano conocer el estado de esa solicitud de incapacidad permanente.
A través del servicio 'Mis Expedientes Administrativos' (disponible en este enlace), el ciudadano puede obtener "la información sobre el estado de tramitación de los procedimientos que tenga abiertos, la relación de los actos de trámite realizados, con indicación sobre su contenido, así como la fecha en la que fueron dictados", explica la Seguridad Social.
El único problema de este servicio es que para usarlo es imprescindible la posesión de un certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), un DNI electrónico o Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente).
Cómo saber el estado de una solicitud de incapacidad permanente
Otra opción para el ciudadano es la de usar el servicio '¿Cómo va mi prestación?', disponible en este enlace de la Seguridad Social. Su utilidad, informa el organismo, es la de "consultar la situación en la que se encuentra el trámite de la prestación solicitada".
Con este servicio también se pueden comprobar cuáles han sido las diferentes fases de tramitación de una solicitud y consultar los expedientes que ya han sido resueltos. En el caso de que el ciudadano tuviese varios expedientes, estos aparecerán listados, desde los abiertos hasta los cerrados.
Para usar este servicio solo se permite el acceso al mismo por medio de tres métodos: el certificado digital, el DNI electrónico y Cl@ve permanente (no confundir con Cl@ve PIN, que no está permitido en este caso).
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