Economía

Cuánto tienes que cotizar para cobrar una pensión de jubilación (y cuál será su cuantía)

  • La normativa establece un periodo mínimo exigible de cotización...
  • ...y desde esa base la pensión aumenta si suben las cotizaciones
Foto: Dreamstime.

Las pensiones de jubilación son las más numerosas dentro de las más de 9,9 millones de pensiones contributivas que se abonan mensualmente en nuestro país. Como su propio nombre indica, para percibir una de estas prestaciones es necesario acumular una serie de contribuciones en forma de cotizaciones a la Seguridad Social.

Pero no solo eso: las cotizaciones de los trabajadores, además de determinar su derecho a una pensión de jubilación, también son trascendentales en la cuantía de esa prestación. Es por eso que la cotización que un trabajador aporta cuando se le da de alta en la Seguridad Social se trata de un aspecto fundamental en su vida laboral pensando en el futuro.

El trabajador cotiza por diferentes conceptos a lo largo de su vida, pero en lo que respecta a la jubilación hay que atender a la cotización por contingencias comunes, que supone un 28,3% de la base de cotización (un 23,6% aportado por el empresario y un 4,7% por el trabajador), aunque a partir de 2023 esta cotización aumentará en un 0,6% extra (un 0,5% para el empresario y un 0,1% para el trabajador) para financiar la jubilación de la generación del 'baby boom'.

Lo que no cambiará es la cotización mínima que se exige para conseguir una pensión contributiva de jubilación. El artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social (puede consultarlo en este enlace del Boletín Oficial del Estado) establece que es necesaria una cotización de al menos 15 años, de los cuales dos deben darse en los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.

Este requisito es indispensable para el cobro de la pensión de jubilación, y de lo contrario el trabajador tendrá que buscarse alternativas: continuar trabajando para reunir las cotizaciones necesarias o solicitar una pensión no contributiva de jubilación, las que se otorgan a las personas que no han llegado a cotizar esos 15 años.

Con todo, lo habitual es que el trabajador consiga la pensión contributiva de jubilación. Solo hay que echar un vistazo a los datos: según las estadísticas del mes de noviembre que maneja el Ministerio de Trabajo y Economía Social, se repartieron 6,28 millones de pensiones contributivas y tan solo 266.000 pensiones no contributivas.

Cómo calcular la cuantía de una pensión de jubilación

El método de cálculo de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social contempla que a mayores tiempos de cotización corresponden pensiones de mayor cuantía. Todo se explica por dos factores, la base reguladora y los años cotizado:

-La base reguladora se obtiene sumando las bases de cotización de los últimos 25 años (son 300 meses) y dividiendo el resultado entre 350. En este cálculo la Seguridad Social aplica coeficientes para reflejar el efecto de la inflación en las bases salvo las de los dos años antes y el trabajador puede beneficiarse de la integración de lagunas que permite rellenar los periodos sin cotizar con bases ficticias de entre el 50% y el 100% de la base mínima siempre que no sea autónomo o empleada del hogar, grupos para los que no está permitido.

-Para conocer el porcentaje de la base reguladora a la que tiene derecho el trabajador es preciso saber el número de años cotizados. Con el mínimo de 15 se consigue el 50% y a partir de ahí por cada uno de los siguientes 106 meses se consigue un 0,21% extra, mientras que por cada uno de los siguientes 0,19% se consigue un 0,19%. Así, se necesitan 36 años para tener el 100% de la pensión, lo que cambiará en 2023 para elevar en medio año este requisito, hasta los 36 años y seis meses.

El porcentaje de la base reguladora según los años cotizados

Siguiendo estos parámetros, los trabajadores podrán aspirar a diferentes porcentajes de su base reguladora en función de los años que hayan trabajado. Para 2022, antes de los siguientes cambios, estos porcentajes son los siguientes:

-Con 15 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 50% de la base reguladora.

-Con 16 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 52,52% de la base reguladora.

-Con 17 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 55,04% de la base reguladora.

-Con 18 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 57,56% de la base reguladora.

-Con 19 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 60,08% de la base reguladora.

-Con 20 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 62,60% de la base reguladora.

-Con 21 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 65,12% de la base reguladora.

-Con 22 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 67,64% de la base reguladora.

-Con 23 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 70,16% de la base reguladora.

-Con 24 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 72,64% de la base reguladora.

-Con 25 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 74,92% de la base reguladora.

-Con 26 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 77,20% de la base reguladora.

-Con 27 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 79,48% de la base reguladora.

-Con 28 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 81,76% de la base reguladora.

-Con 29 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 84,04% de la base reguladora.

-Con 30 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 86,32% de la base reguladora.

-Con 31 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 88,60% de la base reguladora.

-Con 32 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 90,88% de la base reguladora.

-Con 33 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 93,16% de la base reguladora.

-Con 34 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 95,44% de la base reguladora.

-Con 35 años cotizados el trabajador tendrá derecho al 97,72% de la base reguladora.

-Con 36 años o más cotizados el trabajador tendrá derecho al 100% de la base reguladora.

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