Durante su vida laboral el trabajador cotiza a la Seguridad Social por diferentes conceptos de entre los que destaca por encima de todos el de contingencias comunes, por el que más se paga y que se ha visto afectado por la 'reforma Escrivá' de las pensiones.
La Seguridad Social explica la importancia de la cotización por contingencias comunes en su página web y las define como la cotización que da cobertura al trabajador ante las alteraciones en su salud que no dependen directamente del trabajo, es decir, que no tienen su origen en una enfermedad profesional o un accidente laboral.
Así, dentro de las situaciones que cubren estas cotizaciones se encuentran todas las opciones que pueden afectar a la salud del ciudadano en su vida cotidiana. Son las siguientes:
-Jubilación.
-Incapacidad permanente.
-Viudedad.
-Incapacidad temporal.
-Orfandad, defunción, pensiones y subsidios en favor de familiares.
-Maternidad, paternidad, embarazo, lactancia, prestaciones farmacéuticas, asistencia sanitaria o protección a la familia.
De cotizar correctamente por contingencias comunes, el trabajador tendrá la cobertura garantizada que precise ante todas estas situaciones. O lo que es lo mismo, las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, la remuneración en periodos de baja y otras prestaciones familiares se reconocen al trabajador con el pago de sus cotizaciones mes a mes a la Seguridad Social.
La importancia de estas cotizaciones también se refleja en cifras: es, de largo, la que más porcentaje se lleva de la base de cotización. El sistema de cotizaciones de la Seguridad Social exige a que el empresario realice diferentes aportaciones en nombre del trabajador, pero ambos realizan las cotizaciones, y en el caso de las contingencias comunes esta es de un 28,3%, divididas en un 4,7% de manos de trabajador y un 23,6% de parte del empresario.
Es, de largo, el concepto de cotización que más aportaciones se lleva de empresarios y trabajadores, frente al 7,05% de desempleo (5,5% de empresario y 1,55% de trabajador), el 0,7% de formación profesional (0,6% del empresario y 0,1% del trabajador), el 0,2% del FOGASA (aportado por el empresario) o los porcentajes por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, que varían según el puesto del trabajador, según relata la Seguridad Social en su página web.
Cuánto se cotizará por contingencias comunes desde 2023
La relevancia de las cotizaciones por contingencias comunes será aún mayor a partir de 2023. La razón es que desde ese momento, y al menos hasta 2032, estas contingencias subirán un 0,6% tras el acuerdo llegado por el Gobierno y los sindicatos para financiar parte del gasto en pensiones de los trabajadores de la generación del 'baby boom'.
Seerán, no obstante, los empresarios los que realicen la mayor parte de esa cotización extra: un 0,5% por el 0,1% que abonarán de más los trabajadores. De esta forma a partir de 2023 la cotización por contingencias comunes pasará a ser de un 28,9% de la base de cotización, repartida en un 24,1% aportado por el empresario y un 4,8% aportado por el trabajador.