Economía

Estos son los años que tienes que cotizar para jubilarte de forma anticipada

  • Para poder jubilarse así hay que alcanzar ciertas cotizaciones previas
  • Dependen del tipo de jubilación, régimen o profesión del trabajador
Foto: Dreamstime.

Uno de los requisitos más importantes a la hora de acceder a una jubilación anticipada es el de tener una cotización previa suficiente. Estos periodos exigibles por la Seguridad Social son diferentes en función de la modalidad de jubilación, de la profesión e incluso del régimen en el que se encuadra el trabajador y hacen que cada una de ellas sea más o menos accesible.

Cuánto hay que cotizar en la jubilación anticipada voluntaria

La jubilación anticipada voluntaria es el supuesto al que más acuden los trabajadores. Es la que tiene lugar cuando el trabajador, de forma voluntaria, adelanta su jubilación hasta un máximo de dos años respecto de la edad ordinaria a cambio de sufrir ciertos recortes en la cuantía de sus pensión.

En la actualidad, los trabajadores que se quieran acoger a este tipo de jubilación anticipada han de cotizar al menos 35 años, de los cuales dos deben darse en los 15 años previos a la solicitud de la pensión. Para el cómputo global pueden servirse de hasta un año correspondiente al servicio militar obligatorio o prestación social sustitoria.

Cuánto hay que cotizar en la jubilación anticipada involuntaria

La jubilación anticipada derivada de un cese involuntario en el trabajo es la que tiene lugar cuando un trabajador decide jubilarse después de haber sufrido un despido por causas de reestructuración empresarial. Permite jubilarse hasta cuatro años antes de la edad de jubilación, pero también a cambio de diferentes recortes en la pensión.

Para esta jubilación anticipada, que tradicionalmente se denomina como 'involuntaria', se necesitan al menos 33 años de cotización previa, de los cuales dos deben darse en los últimos 15 años previos a la solicitud. Al igual que en la jubilación anticipada voluntaria, se puede contar hasta un año del servicio militar obligatorio o prestación social sustitoria.

En las modalidades voluntaria e involuntaria se incluyen los trabajadores del Régimen General (asalariados por cuenta ajena) y también los trabajadores autónomos, pero existe una excepción, la de los trabajadores agrarios por cuenta ajena: estas persona deben cotizar un periodo específico diferente, de seis años dentro de los últimos 10 previos a la solicitud de la jubilación anticipada.

La segunda salvedad es la de los trabajadores que desempeñan profesiones con algún grado de penosidad, toxicidad o peligrosidad por las cuales tienen jubilaciones anticipadas especiales y que se regulan por una normativa individualizada.

Es el caso de los trabajadores ferroviarios, policías locales, bomberos al servicio de la Administración, trabajadores de vuelos aéreos, mineros, trabajadores taurinos, artistas...todos ellos presentan diferentes regulaciones por las cuales se pueden variar los requisitos generales exigidos para acceder a la jubilación anticipada. La Seguridad Social registra en este enlace toda la normativa existente para cada una de estas profesiones.

Cuánto hay que cotizar en la jubilación anticipada de las Clases Pasivas

Queda aparte el personal perteneciente a las Clases Pasivas del Estado, categoría que incluye a funcionarios de prácticas y de carrera, determinados militares, personal de la Administración de Justicia e incluso expresidentes del Gobierno, exvicepresidentes o exministros. En todos estos casos se permite la jubilación anticipada si dichas personas acreditan un periodo de cotización previo de 30 años de servicio al Estado.

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