Economía

Cada cuánto tiempo hay que renovar el subsidio para mayores de 52 años: así hay que hacerlo

  • Es indispensable la entrega de la Declaración Anual de Rentas...
  • ...y hay que prestar atención al plazo para no perder dinero
Foto: EP.

Aunque, a diferencia de otras prestaciones por desempleo, el subsidio para mayores de 52 años se puede cobrar a largo plazo (hasta la edad ordinaria de jubilación), es cierto que en el momento de pedirlo y durante todo el tiempo de cobro es necesario acreditar una serie de condiciones que, de no cumplirse, harán que el beneficiario pierda de forma instantánea la prestación.

Uno de los requisitos que hay que mantener en todo el momento es el relativo al nivel de ingresos: es indispensable contar con unos ingresos que no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias, según explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en su página web.

Esto se demuestra en el momento de la solicitud del subsidio para mayores de 52 años mediante una declaración de ingresos que posteriormente se tendrá que renovar. Esto se hace cada año entregando lo que se conoce como Declaración Anual de Rentas.

Tal y como informa el SEPE en su página web, esta Declaración Anual de Rentas se debe entregar en un plazo concreto, ya que de lo contrario el subsidio dejará de cobrarse hasta que se subsane el olvido. Así, es indispensable renovar el subsidio entregando esa declaración "cuando transcurran doce nuevos meses desde el nacimiento del derecho al subsidio, o cada vez que transcurran doce nuevos meses desde la última reanudación".

Esto, en la práctica, implica que la declaración tendrá que presentarse dentro de los 15 días hábiles siguientes al cumplimiento de esos 12 meses a contar desde la primera solicitud o desde la última reanudación o prórroga.

Cómo renovar el subsidio para mayores de 52 años

Para entregar la Declaración Anual de Rentas el ciudadano tiene varias opciones. Cualquiera es válida, solo tendrá que seleccionar la que más se ajuste a sus necesidades:

-De forma online sin certificado digital: a través del formulario de presolicitud, disponible en este enlace del SEPE. Hay que elegir el trámite 'Pre-Solicitud de prestación individual' y después el subtrámite 'Declaración Anual de rentas subsidio para mayores de 52 años'. Posteriormente hay que rellenar los campos con la información persona pertinente.

-De forma online con certificado digital: se puede hacer ingresando en la Sede Electrónical del SEPE, ya sea con certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente) o DNI electrónico. Hay que ir al servicio 'Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52 años', disponible en este enlace, y hacer el trámite de 8 a 20 horas de lunes a viernes.

-De forma presencial: para hacerlo es indispensable pedir cita previa en una oficina del SEPE, lo cual puede conseguirse a través de la Sede Electrónica o llamando al número de teléfono 91 926 79 70, de atención 24 horas al día. Para cada uno de las dos opciones puede seguir los pasos de esta guía detallada.

Otros requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Al margen de este requisito relacionado con las rentas, el beneficiario de un subsidio para mayores de 52 años ha de cumplir con otras condiciones (y mantenerlas) para asegurarse el cobro de la prestación por desempleo. Aparecen en la página web del SEPE y son las siguientes:

-Tener 52 años o más en el momento del hecho causante del subsidio: agotamiento del paro o subsidio por desempleo, vuelta a España de un emigrante, liberación tras una condena privativa de libertad, mejora de una incapacidad permanente de gran invalidez, total o absoluta o el fin de una relación laboral sin cotizaciones suficientes para el paro.

-Estar en una situación legal de desempleo.

-Estar inscrito como demandante de empleo (puede hacerse de forma sencilla siguiendo estos pasos) y suscribir el compromiso de actividad con el SEPE.

-Cumplir todos los requisitos para cobrar una pensión contributiva de jubilación, salvo el de la edad.

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