Economía

Estos son los casos en los que el SEPE te puede quitar el subsidio para mayores de 52 años

  • Aunque se trata de una prestación por desempleo muy especial...
  • ...el organismo puede parar de forma temporal o definitiva su cobro
Foto: EP.

El subsidio para mayores de 52 años es uno de los más destacados del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), ya que brinda protección a personas con mayores dificultades para reincorporarse al mundo laboral y cerca de la edad de jubilación que ya no tienen derecho a cobrar el paro.

Debido al carácter especial del subsidio y la peculiar situación de las personas que lo cobran, la duración de la prestación es superior a la del resto y se puede percibir hasta la llegada de la edad de jubilación. Sin embargo, el SEPE está completamente habilitado para retirar el subsidio a las personas que llevan a cabo diferentes incumplimientos de la normativa.

Así, aunque los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años pueden cobrarlo hasta la edad de jubilación de forma ininterrumpida si no consiguen un nuevo empleo el SEPE puede quitarles el subsidio durante varios meses o de forma definitiva si considera que se han producido esos incumplimientos.

Las infracciones al cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Tal y como explica el SEPE en su página web, se hace distinción entre diferentes tipos de infracciones. Esta clasificación se realiza en virtud de la gravedad de las mismas:

Infracciones leves

-No presentarse ante el SEPE, los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación en la fecha y lugar indicada si ha sido citado de forma previa.

-No devolver a los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación el certificado de haber acudido a las citas ofrecidas por ellos para cubrir determinados puestos de trabajo.

-No cumplir las exigencias del compromiso de actividad.

-No facilitar a los servicios públicos de empleo la información necesaria para la recepción de notificaciones.

-No mantener el requisito de inscripción como demandante de empleo (así se puede conseguir de forma sencilla).

Infracciones graves

-No comunicar al SEPE la baja en las prestaciones cuando haya un motivo de suspensión o extinción de las mismas o se haya dejado de acreditar requisitos indispensables para el cobro de las prestaciones y se hayan cobrado indebidamente.

-Rechazar una oferta de empleo adecuada, ya sea a través de los servicios públicos de empleo como por una agencia de colocación.

-Negarse a participar en los trabajos de colaboración social, programas de empleo, acciones de promoción, formación o reconversión profesional de los servicios públicos, así como en las acciones de orientación e información profesional de las agencias de colocación.

Infracciones muy graves

-Actuar de forma fraudulenta para obtener prestaciones indebidas o en una cuantía superior a la debida, así como para prolongar indebidamente su duración.

-Compatibilizar las prestaciones con trabajos por cuenta propia o ajena, salvo en los casos permitidos de trabajos a tiempo parcial.

-Ponerse de acuerdo con los empresarios para percibir alguna prestación por desempleo de forma indebida.

-No destinar o desviar las cantidades percibidas en concepto de prestación por desempleo conforme a lo establecido en los programas de fomento de empleo.

Las sanciones que te quitan el subsidio para mayores de 52 años

En función de la infracción cometida por el ciudadano el SEPE podrá aplicar diferentes sanciones que también varían de gravedad. La reincidencia será negativa para el propio ciudadano, ya que aumentará la duración de las sanciones y, a la postre, el periodo durante el cual no percibirá el subsidio.

Para cada tipo de infracción se valoran las cometidas en un periodo natural de un año a partir de la primera infracción. Si la segunda sucede más tarde de un año, el contador se vuelve a cero.

-Si la infracción es leve, la primera tiene como consecuencia la pérdida de un mes de prestación. Si son dos, se pierden tres meses de prestación; si son tres, se pierden seis meses y si son cuatro se pierde definitivamente el subsidio.

-Si la infracción es grave, la primera tendrá como consecuencia un periodo de tres meses sin prestación, la segunda un periodo de seis meses y la tercera conlleva la pérdida total del subsidio. No obstante, si la falta es la no comunicación de la baja de la prestación eso conllevará la pérdida inmediata del subsidio.

-Si la infracción es muy grave conlleva de forma automática la pérdida del subsidio.

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky