Economía

Cómo cobrar a la vez una pensión de jubilación y otra de viudedad

  • Es una de las compatibilidades que permite la normativa de pensiones
  • Para ello hay que cumplir los requisitos de cada una de las prestaciones
Foto: Dreamstime.

A pesar de que la mayoría de las pensiones de la Seguridad Social son incompatibles entre sí, las más de 2,3 millones de personas que perciben una pension de viudedad se encuentran entre las excepciones, ya que pueden cobrar a la vez una pensión de jubilación, siempre que acredite cada uno de los requisitos que dan derecho al cobro de las dos prestaciones.

La Seguridad Social lo deja claro en su página web, donde explica que la pensión de viudedad es compatible con la pensión de jubilación a la que tenga derecho el beneficiario. Esto se debe en la práctica a que la pensión de viudedad también es compatible con las rentas del trabajo, razón por la cual el trabajador superviviente puede ampliar las cotizaciones que le generarán en el futuro la pensión de jubilación.

Esta compatibilidad entre pensión de viudedad y pensión de jubilación, no obstante, tiene límites. Si el cónyuge superviviente rehace su vida y contrae un nuevo matrimonio o una nueva pareja de hecho solo podrá cobrar la pensión de viudedad de uno de los dos matrimonios o parejas de hecho, en caso de que haya generado el derecho en ambos.

Requisitos para cobrar la pensión de jubilación

Lo que no cambia en ningún caso es el cumplimiento obligatorio de una serie de condiciones para cobrar las dos pensiones. En el supuesto de las pensiones de jubilación, estos requisitos son claros:

-Cumplir la edad ordinaria de jubilación, que en 2022 es de 66 años y dos meses para las personas que no lleguen a 37 años y seis meses de cotización y de 65 años para las personas que sí lleguen a ese nivel. En caso de jubilaciones anticipadas, no anticipar en más de dos o cuatro años esa edad (jubilación voluntaria o involuntaria).

-Haber cotizado un mínimo de 15 años, de los cuales dos deben darse en los últimos 15 años previos a la solicitud de jubilación.

-Estar dado de alta en la Seguridad Social (aunque en algunos casos también se accede en situaciones asimiladas al alta y no de alta) y al corriente en el pago de las cuotas responsabilidad del trabajador.

Requisitos para cobrar la pensión de viudedad

A la par, el beneficiario de la pensión de viudedad deberá cumplir con otros requisitos que le permitan percibir esta prestación.

-En los casos de muerte por enfermedad común detectada antes del matrimonio, se exigirá una duración de un año de matrimonio (no hace falta si hubo dos años demostrables como pareja de hecho) o la existencia de hijos en común.

-Las personas separadas judicialmente o divorciadas (si no se han casado o formado pareja de hecho) que cobrasen una pensión compensatoria del fallecido. En separaciones o divorcios anteriores a 2008 no se requiere el cobro de la pensión compensatoria si entre el fallecimiento y dicha separación o divorcio pasaron menos de 10 años, el matrimonio hubiese durado al menos 10 años y o bien hubiese hijos en común o el beneficiario tenga 50 años o más en el momento del fallecimiento.

-Las personas separadas judicialmente o divorciadas víctimas de violencia de género.

-Las parejas de hecho formadas al menos dos años antes del fallecimiento que demuestren una convivencia estable y demostrable de cinco años (o si tienen hijos en común). Con la 'reforma Escrivá' se han eliminado los requisitos económicos que hasta 2021 se pedían a estas personas.

-Las personas supervivientes de una pareja de hecho extinguida que cobrasen una pensión compensatoria y no hubiesen contraído matrimonio o formado pareja de hecho.

Cuál será la cuantía de la pensión de jubilación y la de viudedad

Para calcular la cuantía de las dos pensiones, hay que recordar que la ley impone un límite mensual, la cuantía máxima de las pensiones que en 2022 es de 2.819,19 euros mensuales. El importe máximo que pueden sumar las pensiones de viudedad y jubilación juntas será esa cantidad y, en caso de superarse, se minorará el importe de una de las dos pensiones hasta llegar a ese límite.

El cálculo de la pensión de jubilación se hará acorde al método de la Seguridad Social, que tiene en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses) divididas entre 350 para obtener la base reguladora, y posteriormente el número de años cotizados para conocer el porcentaje de la base reguladora al que se tiene derecho:

-Un 50% con 15 años cotizados.

-Un 0,21% extra por cada uno de los 106 meses siguientes y un 0,19% extra por cada uno de los 146 meses siguientes.

En el caso de una jubilación anticipada, el trabajador tendrá que aceptar el recorte de la pensión en base a unos coeficientes reductores que dependen del tipo de jubilación y del anticipo de dicha jubilación. Estos coeficientes han sido modificado con la 'reforma Escrivá' de las pensiones que ha entrado en vigor en 2022.

Para calcular la pensión de viudedad hay que tener en cuenta el supuesto concreto que afecta a cada persona:

-Por norma general el importe es del 52% de la base reguladora del fallecido, que puede aumentar al 60% en varios casos que no afectan a las personas que cobraría a la vez una pensión de jubilación.

-Pueden cobrar el 70% de la base reguladora las personas con cargas familiares (menores de 26 años, mayores incapacitados con al menos un 33% de discapacidad y con ingresos totales de la unidad familiar inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional), cuya pensión de viudedad sea su principal fuente de ingresos (más del 50% de los totales) y cuyos ingresos totales no superen la suma del límite para el complemento por mínimos de las pensiones contributivas y la cuantía mínima de la pensión de viudedad con cargas familiares.

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