
Una de las funciones más representativas del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) es gestionar el pago de las prestaciones por desempleo como el paro o los subsidios. Es por esa razón que el organismo, a la vez que decide qué ciudadanos cumplen con los requisitos para cobrarlas, también facilita canales a través los cuales estos ciudadanos pueden comprobar el estado de su solicitud.
El propio SEPE explica en su página web que se trata de una de las preguntas más frecuentes de los ciudadanos. ¿Cómo pueden conocer si se les ha aprobado o denegado la solicitud del paro o de un subsidio? Aunque el organismo garantiza que "está obligado a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla a la persona interesada", dispone de tres formas que permiten al ciudadano saber el estado de su solicitud de prestación.
En la Sede Electrónica del SEPE
Este método solo es válido si el ciudadano dispone de un certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), de Cl@ve (así puede registrarse para tener Cl@ve PIN o Cl@ve permanente), DNI electrónico o con el envío de un PIN al teléfono móvil. Para ello, debe ingresar en la página web de la Sede Electrónica del SEPE.
Una vez dentro, ha de elegir la opción 'Personas' y después, en el apartado 'Prestaciones por desempleo', hacer clic en la opción 'Consulte los datos y recibo de su prestación'. Pulsando en 'Consultar prestación', el sistema le enviará a la página de acceso, en la que tendrá que elegir su método de entrada.
Así accederá a su área personal, en la que podrá consultar si tiene alguna solicitud pendiente de respuesta o si, por el contrario, ya existe una resolución y se le ha otorgado el paro o el subsidio o se le ha denegado.
Por teléfono
El SEPE asegura que cualquier persona interesada puede conocer el estado de su solicitud llamando al teléfono de atención a la ciudadanía. No existe un teléfono único a tal efecto: en la página web del SEPE se facilita un listado en el que aparecen todos los teléfonos de cada provincia.
Llamando al que le corresponda por su domicilio, el ciudadano podrá ponerse en contacto con un trabajador del SEPE que le podrá dar la información que requiere, siempre que aporte la documentación exigible en cada caso.
En las oficinas del SEPE
También puede pedir esa información a un trabajador del SEPE pero de forma presencial en una de las oficinas del organismo. Para poder recibir esa atención es indispensable pedir cita previa, algo que se puede hacer de dos formas: por internet o por teléfono (aquí dispone de una guía detallada para poder conseguir cita previa).
La petición de cita previa por internet se puede hacer a través de la Sede Electrónica del SEPE sin necesidad de certificado digital o métodos similares, ingresando en la sección 'Personas' y después haciendo clic, dentro de la categoría 'Prestaciones por desempleo', en la opción 'Pida cita previa para ser atendido por el SEPE' (en este enlace), donde tiene que seguir una serie concreta de pasos por los cuales hay que elegir alguna de las oficinas disponibles para el día y trámite correspondiente.
Por su parte, la petición de cita previa por teléfono se realiza a través de una llamada al número 91 273 83 84, de atención 24 horas. Al hacer la llamada deberá ir respondiendo a las preguntas que le haga el sistema (código postal, DNI o NIE trámite que se desea hacer...) e introducir un código enviado por el SEPE a través de SMS para confirmar la cita previa.
Qué hacer si no hay respuesta del SEPE
En todas las modalidades anteriormente explicadas se puede saber si el SEPE ha resuelto nuestra solicitud de prestación por desempleo. Pero también puede pasar que, cuando se acceda a esas secciones, no encontremos resolución alguna y, por lo tanto, desconozcamos si tenemos derecho a esa prestación.
El SEPE explica en su página web que dispone de hasta tres meses desde la presentación de la solicitud para dar respuesta. En caso de que no se comunique esa respuesta se entenderá que hay silencio administrativo y, por lo tanto, una denegación de la solicitud de la prestación. En esos casos el ciudadano podrá reclamar ante la vía judicial esa decisión.