Economía

Así te puedes jubilar de forma anticipada a partir de los 61 años

  • Hay que salir de un despido por una reestructuración empresarial
  • También hay que cumplir criterios de cotización y de más tipos
  • Al igual que en otras prejubilaciones, habrá recorte en la pensión
Foto: Dreamstime.

La gran mayoría de los trabajadores que piensa en una prejubilación lo hace como una decisión voluntaria, pero en algunos casos es posible que ese paso a la jubilación se haga forzado por una causa externa como es un despido. Solo si se encuentra en esta situación podrá anticipar más años su retiro, incluso a partir de los 61 años.

La razón es que una de las modalidades de jubilación anticipada, aquella que se debido a un cese involuntario en el trabajo, permite adelantar dicho retiro hasta en cuatro años antes de la edad ordinaria de jubilación. En los mejores casos (los de trabajadores que acrediten cierto nivel de cotización) esto permite que la prejubilación pueda tener lugar incluso a esa fecha de 61 años, cuatro años antes de los 65.

Así, los trabajadores que se hayan visto por un despido deben, además, tener al menos 37 años y tres meses cotizados para poder prejubilarse a partir de los 61 años, ya que con ese requisito de cotización la edad ordinaria de jubilación es de 65 años. De lo contrario, tendría que esperar al menos a los 62 años (porque la edad ordinaria sería de 66 años).

Con los próximos cambios en la edad de jubilación que entrarán en vigor a partir de 2022, esto se modificará ligeramente: la edad ordinaria será de 65 años para los trabajadores con 37 años y seis meses cotizados (tres meses más), mientras que será de 66 años y dos meses (dos meses más) para el resto.

En paralelo, el trabajador ha de cumplir otros requisitos. El primero de ellos es el tipo de despido. No sirven todos, solo los que sean "como consecuencia de una situación de reestructuración empresarial", informa la Seguridad Social en su página web. Esto se da cuando el despido es colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, por resolución judicial, por la existencia de una fuerza de mayor acreditada por la autoridad competente o por la muerte, jubilación o incapacidad permanente del empresario.

Además, debe tener un mínimo de 33 años cotizados para poder acogerse a esta prejubilación. A la hora de hacer este cuenta, puede añadir hasta un año procedente de la mili o servicio militar obligatorio y de la prestación social sustitutiva. Junto esto, necesitará estar inscrito como demandante de empleo al menos seis meses antes de la solicitud de la pensión.

Estos serán los recortes en sus pensiones

El trabajador podrá jubilarse de forma anticipada a partir de los 61 años si cumple con estos requisitos, pero debe saber que, al igual que en otras prejubilaciones voluntarias, ha de afrontar un recorte en la cuantía de su pensión que dependerá del anticipo de la jubilación y de la cotización previa de dicho trabajador.

-Las personas con menos de 38 años y seis meses trabajados tendrán un recorte de la base reguladora un 1,875% por trimestre de adelanto.

-Las personas de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses cotizados tendrán un recorte de 1,75% de la base reguladora por trimestre de anticipo. 

-Las personas de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados tendrán un recorte del 1,625% de la base reguladora por trimestre de adelanto.

-Las personas con más de 44 años y seis meses cotizados tendrán un recorte del 1,5% de la base reguladora por trimestre de adelanto.

La situación será diferente a partir de 2022, ya que en ese momento entrará en vigor la primera pata de la reforma de las pensiones de José Luis Escrivá, que modificará los coeficientes reductores de la jubilación anticipada haciéndolos mensuales (en lugar de trimestrales) y sobre la cuantía de la pensión (y no sobre la base reguladora).

También se incluyen otras novedades: accederán a esta jubilación las personas que lleven tres meses cobrando un subsidio por desempleo, se admiten las extinciones de contrato del trabajador por traslado geográfico, una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo, en víctimas de violencia de género o en impagos e incumplimientos de contrato del empresario y además se permitirá que, si son más favorables, se usen los coeficientes de la prejubilación voluntaria en los dos años anteriores a la edad de jubilación.

Un caso especial: prejubilaciones en razón de la profesión

Al margen de estos trabajadores despedidos, existen otros que pueden optar a una prejubilación a partir de los 61 años. Son los que tienen derecho a prejubilaciones especiales en razón de la peligrosidad, penosidad o toxicidad de su profesión, que desde los 52 años pueden optar a la jubilación anticipada. En función de la profesión hay una normativa diferente: mineros, pilotos y personal de altos vuelos, polícias locales, bomberos, artistas, toreros...

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky