Economía

Estos serán los cambios en las jubilaciones anticipadas con la reforma Escrivá

  • Los nuevos coeficientes reductores, la gran novedad de la reforma
  • Afectarán a la cuantía de la pensión y pasarán a ser mensuales
  • También hay cambios en las prejubilaciones por razón de la actividad
José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Foto: EP.
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La reforma de las pensiones que ha diseñado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, da un protagonismo central a las prejubilaciones en su primera pata, ya aprobada por el Consejo de Ministros y pendiente del 'sí' parlamentario.

El espíritu del proyecto es promover una mayor permanencia de los trabajadores en el mercado laboral y lo que, en palabras de José Luis Escrivá, es "alinear la edad efectiva de jubilación a la ordinaria". En definitiva, incentivar prejubilaciones con menos tiempo de anticipo y a la vez hacer más apetecible económicamente retrasar la jubilación.

Prejubilaciones voluntarias

En el proyecto de ley presentado tras la luz verde del Gobierno se contempla la reforma de las jubilaciones anticipadas voluntarias, es decir, las que el trabajador elige por cuenta propia cuando llega a una edad que no sea inferior en más de dos años a la edad de jubilación.

En estas jubilaciones, los coeficientes reductores de la pensión que compensan ese tiempo de anticipo pasan a ser mensuales en lugar de trimestrales y a afectar a la cuantía de la pensión y no a la base reguladora. Además, se modifican de tal forma que las prejubilaciones más favorecidas son las de adelantos de entre 13 y 19 meses, es decir, los tramos medios de una tabla en la que se penalizan especialmente las prejubilaciones con mayores adelantos (entre 22 y 24 meses, el máximo permitido en esta modalidad).

Según explica el proyecto de la ley, con esto se quiere promover la "jubilación a edades más próximas a la edad legal de jubilación y favorecer las carreras de cotización más largas".

Prejubilaciones involuntarias por cese en el trabajo

También se modifican las prejubilaciones derivadas del cese involuntario en el trabajo, aquellas que permiten jubilarse hasta cuatro año antes en situaciones de despidos por razones de reestructuración empresarial, y dentro de la cual también se incluirán a partir de ahora las extinciones voluntarias del contrato por parte del trabajador cuando exista un traslado geográfico, una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo, en víctimas de violencia de género o en impagos e incumplimientos de contrato del empresario.

En todos estos casos se aplicarán coeficientes reductores de la pensión que también pasan a ser mensuales y aplicables a la cuantía. Se podrán usar los coeficientes de la prejubilación voluntaria en aquellos casos que, en los dos últimos años previos, sean más beneficiosos que los de la involuntaria y, además, se mejoran los coeficientes de los seis meses previos para hacerlos más beneficiosos que los de la prejubilación voluntaria.

También se añaden estos coeficientes a los trabajadores que se jubilen de forma antcipada voluntaria que estuviesen cobrando al menos tres meses un subsidio de desempleo: la actual regulación solo permite a trabajadores inscritos como demandantes de empleo durante seis meses antes de la solicitud de la prejubilación.

Prejubilaciones de los sueldos más altos

Las prejubilaciones de las personas a las que, aplicados los coeficientes reductores, se les quedaba una cuantía por encima de la pensión máxima por tener un sueldo alto se verán también afectados. A estos trabajadores se les aplicará de forma progresiva (en un plazo de 10 años desde 2024) el sistema de coeficientes para el resto de trabajadores sobre la cuantía máxima de las pensiones. Anteriormente se aplicaba un 0,50% por trimestre. 

El objetivo de la reforma es "reforzar la equidad del sistema". José Luis Escrivá aseguraba en una entrevista a elEconomista hace unos meses que esta medida trataba de poner a España en la línea de otros países europeos "más progesivos" que el nuestro.

Prejubilaciones por razón de la actividad

Estas jubilaciones anticipadas permiten a los trabajadores jubilarse antes de tiempo por la toxicidad, peligrosidad o penosidad de sus trabajos. Son los mineros, bomberos, policías locales, artistas, toreros...y tienen edades de jubilación especializadas, en algunos casos a partir de los 52 años.

La reforma incluye la revisión del procedimiento de coeficientes reductores por edad, con una periodicidad máxima de 10 años. Además, el Gobierno prometió tras el acuerdo con los agentes sociales que "se precisarán con más detalle los indicadores de peligrosidad o penosidad que determinan el acceso a esta modalidad de jubilación anticipada de manera que su aplicación pueda ser efectiva".

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