
El objetivo de gran parte de los trabajadores es acumular un periodo de cotización suficiente como para garantizarse el acceso a una pensión de jubilación y posteriormente aumentarla con más años de trabajo, pero a determinados ciudadanos les es imposible llegar a este periodo con razones de diversa índole. Para estas personas también existe protección al llegar a la edad de jubilación.
Estos trabajadores que han cotizado lo suficiente para tener una pensión contributiva de jubilación podrán cobrar, no obstante, una pensión no contributiva de jubilación. Para ello, deben haber cotizado menos de los 15 años que garantizan la pensión contributiva mínima de jubilación o una con el 50% de la base reguladora, de acuerdo con el método de cálculo de la Seguridad Social.
El Imserso, que se encarga de la gestión de estas pensiones, define la pensión no contributiva de jubilación como aquella que "aseguran a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente".
Requisitos para cobrar la pensión no contributiva de jubilación
Así, además de no llegar a 15 años cotizados y llegar a los 65 años de edad, las personas que deseen cobrar esta pensión han de cumplir otros requisitos para poder cobrarla. Uno de ellos es acreditar la residencia en territorio español y haber vivido en nuestro país al menos 10 años desde los 16 años, de los cuales dos deben ser "consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud", explica el Imserso en su página web.
En paralelo, todos los trabajadores que aspiren a una pensión de jubilación no contributiva no deben superar los 5.639,20 euros anuales, aunque en casos de convivencia con parientes de hasta segundo grado con cosanguinidad (padres, abuelos, hijos, hermanos y nietos) existen ciertos límites de ingresos:
-Si se convive solo con el cónyuge y/o parientes de hasta segundo grado, el límite de ingresos es de 9.586,64 euros para unidades familiares de dos miembros, de 13.534,08 euros anuales para unidades de tres miembros y 17.481,52 euros anuales para unidades de cuatro o más miembros.
-Si entre los convivientes se encuentran padres o hijos, los límites son más altos: de 23.966,60 euros anuales para unidades familiares de dos personas, de 33.835,20 euros anuales para unidades de tres personas y de 42.703,80 euros anuales para unidades de cuatro personas.
La cuantía de las pensiones de jubilación no contributivas
Los Presupuestos Generales del Estado para 2021 aumentaron el importe de estas pensiones en un 1,8% (el doble que las contributivas), de forma que para este año la cuantía de las pensiones no contributivas de jubilación ha quedado de la siguiente forma:
-Con carácter general, la pensión es de 402,80 euros mensuales y 5.639,20 euros anuales.
-La pensión mínima del 25% queda en 100,70 euros mensuales y 1.409,80 euros anuales.
-Si en una misma unidad familiar existen varios beneficiarios, la pensión será de 342,38 euros mensuales y 4.793,32 euros anuales para dos beneficiarios y de 322,24 euros mensuales y 4.511,36 euros anuales para tres o más beneficiarios.
Cuánto subirán las pensiones no contributivas de jubilación en 2022
En un par de meses, estas pensiones no contributivas de jubilación experimentarán una subida del 3%, por encima del IPC, tal y como pronosticó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. Esto dejará el importe de las pensiones en las siguientes cuantías:
-La pensión íntegra pasará a ser de 414,86 euros mensuales y 5.808,04 euros al año.
-La pensión del 25% pasará a ser de 103,71 euros mensuales y 1.452,01 euros anuales.
-En los casos en los que en la misma unidad familiar haya varios beneficiarios de la misma pensión, el importe para cada uno pasará a ser de 352,64 euros mensuales y 4.936,96 euros al año en dos personas y de 331,90 euros mensuales y 4.646,60 euros al año para tres o más personas.