
En una época de crisis económica como la actual debido a la pandemia de coronavirus, una de las opciones que tienen las personas en paro es autoemplearse, es decir, convertirse en autónomos para intentar salir del bache formando un negocio propio.
La Seguridad Social ha informado de que las personas que deseen darse de alta como autónomos pueden hacerlo a través de su Sede Electrónica, sin necesidad de acudir a las oficinas, siempre que se tenga certificado digital (puede conseguirlo en cuatro pasos), Cl@ve PIN, con usuario + contraseña o vía SMS.
El organismo facilita una guía en la que se indica cómo llevar a cabo el proceso. Antes de nada, hay que tener claro que el alta se ha de comunicar con carácter previo al inicio de la actividad y que para conseguir el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es indispensable tener un número de la Seguridad Social válido.
Para registrarse, la Seguridad Social recomienda tener a mano preparada cierta información relativa a los datos personales, de familiares colaboradores (si fuese el caso) o de índole fiscal o bancaria.
En todo caso, deben aparecer los domicilios de residencia y de actividad, los datos identificativos y de contacto, la condición del trabajador autónomo (Autónomo, Autónomo Económicamente Dependiente, Familiar Colaborador, Profesional Colegiado, Miembro de Órganos de Administración, Socio de Empresa Colectiva o Socio de Cooperativa.
También los datos fiscales (Impuesto de Actividades Económicas o la Administración Tributaria a la que pertenece), datos de actividad y fecha de inicio, de cobertura en contingencias y entidad, base de cotización y beneficios o datos bancarios.
¿Qué beneficios tienen en las cuotas?
A falta de que las cuotas a la Seguridad Social suban en el mes de junio (para un 30,6% de la base de cotización), por el momento los profesionales pagan el 30,3% de la base, que puede ser elegida por el autónomo y cambiada hasta cuatro veces por ejercicio. El Estado estipula una base mínima de 944,40 euros y una máxima de 4.070,10 euros, aunque existen una serie de particularidades a partir de los trabajadores de 47 años o más.
No obstante, los nuevos autónomos pueden acogerse a una serie de beneficios que reducen las cuotas pagadas a la Seguridad Social durante los primeros años de actividad. Es el propio organismo el que recoge en una tabla todas las bonificaciones que pueden beneficiar a estos profesionales por cuenta propia. Nada más empezar, pueden elegir entre estas dos opciones:
-La tarifa plana de 60 euros al mes durante el primer año que puede llegar a dos años en municipios de menos de 5.000 habitantes.
-La reducción del 80% sobre la base mínima para aquellos autónomos que no elijan la base mínima, por un total de un año y de dos para municipios en menos de 5.000 habitantes.
Tras acabar estos periodos, en función de cada profesional, estos podrán ir acogiéndose a otras ventajas:
-Con carácter general, durante el siguiente año a la reducción se harán reducciones sobre la base mínima del 50% en los seis primeros meses y del 30% durante los otros seis.
-Los trabajadores menores de 30 y trabajadoras menores de 35 años tienen derecho a una reducción del 30% durante los siguientes 12 meses.
-Las personas con discapacidad de al menos 33% y víctimas de terrorismo o violencia de género tienen derecho a una reducción del 50% durante 48 meses.
-Estas víctimas de violencia de género tienen, además, la posibilidad de no pagar cuotas durante seis meses.
-Las nuevas altas de familiares colaboradores en el RETA tienen una reducción de las cuotas del 50% en los primeros 18 meses y del 25% durante los seis meses siguientes.
Compatibilizar el paro
Además, aquellos autónomos que se den de alta procedentes de una situación de desempleo y con derecho a percibir paro, podrán compatibilizar su actividad como trabajadores por cuenta propia con la recepción de esa prestación.
Tal y como informa el Servicio Público Estatal de Empleo (SEPE), los nuevos autónomos pueden recibir el paro hasta 270 días después de iniciar su actividad o durante el periodo que les quede sin agotar esa prestación. Se trata de una medida que busca proteger a estos nuevos emprendedores que pueden afrontar dificultades en los primeros meses de su nueva actividad.