
La Campaña de la Renta es también una fecha clave en el calendario fiscal de los autónomos, de los cuales la gran mayoría están obligados a presentar la declaración todos los años, por lo que es importante saber los aspectos en los que se puede optimizar nuestro resultado, así como las partidas del borrador en las que hay que tener sumo cuidado para evitar errores.
La consultora Nomo ha elaborado una guía en la que, como no podía ser de otra forma, las implicaciones de la crisis derivada de la pandemia de coronavirus tienen dedicadas un importante apartado. La llegada de ayudas para paliar los meses de cierres, restricciones y bajones en la actividad son la principal novedad de una Renta que, además, tiene sus particulares clásicos para los profesionales por cuenta propia.
Cómo tributar por las ayudas del covid-19
Desde Nomo explican que es importante tener claro que cada ayuda puede tributar diferente. Partiendo de esa premisa, hay que acudir a cada caso para ver qué sucede. Por ejemplo, las ayudas por cese de actividad tributan como rendimientos del trabajo al igual que las prestaciones por desempleo. Las subvenciones recibidas procedentes de las comunidades autónomas han de registrarse como rendimiento de actividades económicas.
En el caso de las devoluciones de las cuotas de autónomo, los profesionales no podrán considerarlas como gasto, mientras que en los casos de moratoria y en los créditos ICO, aunque no se han empezado a pagar sí se podrán incluir (y deducir) los gastos de los intereses.
Nomo explica que, ante el ingente volumen de nuevas medidas por el coronavirus, no se conoce con exactitud cómo se deben declarar en su totalidad y que, ante la duda, "tienen que tributar si no se especifica lo contrario".
Descubre todos los gastos deducibles
Como todos los años, habrá que dedicar un tiempo a comprobar los gastos que se pueden deducir en la declaración. Son numerosos:
-El pago de la cuota de autónomos y sus gastos asociados (gestoría, asesoría...), así como el pago de la Seguridad Social y las nóminas de los empleados o los seguros de vida.
-El alquiler de un espacio de coworking o de oficina (si está registrada en Hacienda), los suministros, materiales de trabajo, sistemas y programas informáticos...
-Pago a proveedores de servicios externos, inversiones en marketing y publicidad o el pago de cuotas a colegios o asociaciones profesionales.
-Dietas y transportes: aquí es importante señalar que, ante la tentación de incluir todo lo que creamos deducible, hay que justificar ante Hacienda todos los gastos de forma correcta.
Ajustarse a los tramos
Otro aspecto importante es llevar el cálculo de la facturación para saber en cuál de los cinco tramos de IRPF para 2020 nos situamos. En función de nuestra situación, podremos hacer una mejor evaluación del gasto para compensar hipotéticas subidas.
Es decir, que si estamos a punto de subir de tramo y preveemos nuevos ingresos que harán que aumenten nuestra tributación, es recomendable pensar en algún gasto necesario que se pueda adelantar para compensar en cierta manera con gastos deducibles la subida de tramo del IRPF.