Director de Buen Gobierno. Iuris&Lex y RSC

Depende de que se haya enviado a la AEAT la declaración o no para que tengamos, en caso de equivocación, proceder a su rectificación o realizar una declaración complementaria. Lo primero para iniciar los trámites de la declaración del IRPF es obtener el número de referencia para acceder al borrador y a los datos fiscales, a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT), mediante el Servicio de tramitación del borrador/declaración, debiendo consignar para ello el Número de Identificación Fiscal (NIF) del contribuyente o contribuyentes, la fecha de expedición o de caducidad de su Documento Nacional de Identidad (DNI) y el importe de la casilla [0505] de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2021, Base liquidable general sometida a gravamen. No obstante, si no declaramos el año previo, lo que deberá aportar es un código internacional de cuenta bancaria española (IBAN) en el que figure como titular a 31 de diciembre de 2022.

La modificación del borrador de declaración podemos realizarla por alguna de las siguientes vías: a) Internet, en la dirección electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria -AEAT- con alguno de los sistemas de identificación establecidos. b) Teléfono, previa solicitud de cita, comunicando el contribuyente su número de identificación fiscal (NIF) y su número de referencia, previamente solicitado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o alternativamente su Cl@ve Móvil (incluye Cl@ve PIN), exclusivamente para aquellos contribuyentes que cumplan los requisitos que consten en la dirección electrónica de la AEAT. c) Mediante personación, exclusivamente si cumplimos los requisitos establecidos, en cualquier Delegación o Administración de la AEAT, para lo que debemos aportar, entre otros datos, nuestro NIF. También, podemos solicitar la modificación del borrador en las oficinas de las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía y Entidades Locales que hayan suscrito con la AEAT un convenio para la colaboración para la implantación del sistema de ventanilla única tributaria. Si consideramos que el borrador no refleja nuestra situación tributaria y decidimos modificarlo debemos presentar la declaración en el plazo.

El borrador facilitado por la Agencia Tributaria carece de algunos datos personales y familiares del ejercicio a declarar de los que aún no tiene noticia y que es preciso introducir antes de validarlo. Revisar el borrador de la renta que nos proporciona la Agencia Tributaria es una práctica fundamental para asegurarse de que la información presentada sea precisa y refleje correctamente nuestra situación fiscal. Así, podemos evitar que se incluyan en la declaración datos incorrectos, errores en ingresos, retenciones o deducciones, que podrían afectar el cálculo final de tu impuesto.

Según la complejidad de la declaración a cumplimentar y del sistema adoptado ante la Agencia Tributaria vamos a necesitar tener a mano la documentación pertinente e, incluso, la exigible. Para que la gestión que realicemos de la declaración del Impuesto sobre la Renta sea eficaz es muy importante tener disponible la documentación sobre la que vamos a declarar, sobre todo si la hacemos a través de Plan Le Llamamos en el momento de la llamada una serie de datos y documentación que nos irán demandando.

Hasta ocho CCAA han rebajado ya el tramo autonómico del IRPF para 2023 y 2024 con el objetivo de ayudar a los ciudadanos a contrarrestar los efectos de la inflación. Los contribuyentes de Aragón, Extremadura, Madrid y Navarra podrán beneficiarse de la bajada de la tarifa en la declaración de la Renta de 2023, cuya campaña empieza el próximo 3 de abril.

Actualidad

Ontier ha celebrado su Convención Global en Madrid con la asistencia de 200 profesionales de la firma de 11 países diferentes. En el transcurso de estas jornadas de trabajo, la firma ha anunciado que ha obtenido un incremento de la facturación en 2023 sobre el ejercicio anterior, del 14%, situándose en los 27,5 millones de euros en España y de un 12% a nivel global, lo que ha supuesto un total de 45,4 millones de euros. Así, el crecimiento de 2023 se ha cifrado en un total de 3.440 millones sobre 2022 en España y de 4.777 millones de euros a nivel global.

En la declaración de 2023 son muchas y muy diversas las novedades a tener en cuenta, con especial referencia, por su importancia a la compra de vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga. En este ejercicio de 2023 se mantiene el límite previamente establecido para la reducción de la base imponible del Impuesto sobre la Renta, como es el menor importe entre el 30% de la suma de rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del ejercicio o un total máximo de 1.500€ euros anuales.

En 2023 han entrado en vigor normas que afectan al IRPF en los rendimientos de trabajo y, en el caso de los trabajadores desplazados a territorio español, que trabajan para empresas emergentes.

El mínimo del contribuyente es, con carácter general, de 5.550 euros anuales, con independencia del número de miembros de la unidad familiar (ambos cónyuges y, en su caso, los hijos que formen parte de la misma, o el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro), y tanto si se opta por declaración individual o conjunta. Atendiendo a la edad del contribuyente en mínimo general se incrementa cuando tengamos una edad superior a 65 años en 1.150 euros anuales y adicionalmente en 1.400 euros anuales si se superan los 75 años.

Desde el día 3 de abril podemos hacernos con el borrador de la declaración para los ingresos de 2023, teniendo en cuenta que se ha elevado de 14.000 a 15.000 euros anuales el límite para no declarar con más de un pagador.