Product Manager de Fiscal y Facturación en Wolters Kluwer Tax & Accounting España

Este 29 de julio marcará el verdadero inicio de un cambio sustancial en los procesos de facturación en España. El camino ha sido largo: comenzó con la aprobación de la Ley Antifraude en julio de 2021; continuó con el desarrollo técnico de sus principios a través del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación en diciembre de 2023; y culminó con la Orden Ministerial de octubre de 2024, que activó la cuenta atrás definitiva. La Ley Antifraude (Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal), impulsada por el Ministerio de Hacienda para prevenir el fraude fiscal y reforzar la transparencia en las operaciones empresariales, sentó las bases de este nuevo marco legal, que cobró forma con la aprobación del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (RD 1007/2023), que estableció los requisitos técnicos que deben cumplir los programas de facturación para garantizar la integridad y trazabilidad de las facturas y evitar su manipulación Finalmente, se aprobó la Orden Ministerial HAC/1177/2024, un texto que supuso el verdadero pistoletazo de salida para la implantación de esta nueva normativa.

Si eres una pyme o autónomo, seguro que habrás oído que está a punto de cambiar la forma de facturar de tu negocio y que no se trata de una simple elección: a partir de este año, la nueva normativa en materia de facturación empieza a implantarse y es imprescindible que te prepares para este importante cambio.

La reciente aprobación de la Orden Ministerial que desarrolla el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación supone un avance fundamental dentro del proceso de implementación de la Ley Antifraude. En concreto, la Orden activa la cuenta atrás para la implantación de esta nueva normativa y proporciona un marco claro y tangible para las empresas que desarrollan y comercializan software de facturación: a partir del 29 de julio de 2025 no se podrá desarrollar ni comercializar ningún sistema informático de facturación que no esté adaptado a esta normativa.

Entre los próximos 1 y 31 de julio todas aquellas personas que tengan un patrimonio superior a tres millones de euros y el resultado de la declaración sea a pagar tendrán que presentar el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Será la primera vez que se hace efectivo este gravamen, que el Gobierno aprobó a finales de 2022 (Ley 38/2022, de 27 de diciembre), pero del que todavía no se sabe exactamente hasta dónde llegará la "temporalidad" ni, por tanto, el tiempo que estará en vigor.

El 7 de abril comenzó la campaña de la Renta 2020, que nuevamente estará influida por la pandemia de coronavirus y la crisis económica y social que ha comportado. Todos los contribuyentes tienen de plazo hasta el 30 de junio para presentar la declaración correspondiente a 2020, pero ahora es el momento de empezar a recabar ya la documentación necesaria para estar preparados, ya que la campaña de este año presenta importantes cambios.

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