Vivienda

Los requisitos para alquilar piso se endurecen: más avales bancarios y segundos titulares en los contratos

  • En contrapartida, los precios de las rentas se han moderado
  • La contratación de seguros de impago de alquiler ha crecido

Septiembre marca el nuevo curso para estudiantes y trabajadores, y con él, el cambio obligado de lugar de residencia de muchas personas. La búsqueda de alojamiento ha confirmado que los requisitos para alquilar piso se han endurecido a raíz de pandemia del coronavirus.

Los propietarios se protegen ante cualquier situación que afecte a la actividad inmobiliaria y, por extensión, a posibles impagos de las rentas. "Los requisitos que se piden al inquilino se han endurecido de forma notable", confirma Ferran Font, director de Estudios de pisos.com. El experto asegura que los propietarios exigen ahora los meses de fianza estipulados por la ley, pero también piden garantías adicionales como, por ejemplo, un segundo titular en el contrato de alquiler.

"Lo exigen aunque el primer inquilino demuestre su solvencia con contrato indefinido y entregue las últimas nóminas". En el caso de que el solicitante tenga un empleo temporal, entran en juego los avales y los depósitos bancarios como herramientas para "dotar de seguridad al pago mensual", añade.

Respecto a la titularidad de los contratos de alquiler, desde la Federación de Asociaciones Inmobiliarias (FAI) aclaran que solo deben aparecer como arrendatarias las personas que vayan a ocupar la vivienda. Eso sí, reconocen que algunos propietarios añaden un segundo coarrendatario aunque no resida en el piso alquilado. "Lo hacen para tener más garantías, ya que estos responden de forma solidaria en caso de impago", explica José María Alfaro, coordinador general de FAI.

El experto inmobiliario Eduardo Molet también confirma que los requisitos para alquilar pisos se han endurecido, aunque recuerda que -en contrapartida- los precios de los alquileres son más bajos.

"Lleva pasando desde hace un año aproximadamente. En el tema de fianzas hay que aclarar que están reguladas por ley; entonces, lo que se piden son garantías personales en caso de impago, o que otra tercera persona se responsabilice del impago en caso de incumplimiento del contrato". Molet cree que los avales son la herramienta ideal para garantizar el pago de los alquileres, pero son muy caros y los bancos "son reticentes a ellos".

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que el importe de la fianza de un arrendamiento de vivienda es de una mensualidad de renta, mientras que la garantía adicional máxima no puede exceder las tres mensualidades equivalentes.

Aumentan los seguros

Los propietarios también se han lanzado a contratar seguros para protegerse ante posibles impagos del alquiler. Desde la compañía Avalisto aseguran que han percibido un aumento de la demanda de productos aseguradores de alquiler tanto a nivel cualitativo como cuantitativo.

"Los clientes que nos contactan para solicitar información son un tipo de consumidor cada vez más informado incluso en aspectos concretos de las pólizas como el número de meses de cobertura o si existe carencia. Este aspecto nos deja entrever la preocupación de los propietarios a la hora de alquilar su piso a un desconocido. Nos encontramos ante un perfil que busca soluciones y compara su viabilidad", explican desde Avalisto, que también recuerdan que la dificultad de acceso a avales bancarios y el requerimiento de fianzas por encima de lo que estipula la LAU es una práctica habitual, pero "ambigua desde el punto de vista legal ya que vulnera los derechos de los inquilinos", añaden.

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky