
La situación actual está incrementando más la factura de los consumidores. La situación lleva tensandose desde hace un tiempo con el elevado coste de llenar el carro de la compra, pero de un modo muy similar los establecimientos centrados en la restauración han empezado a elevar sus precios a un ritmo preocupante. De esta manera, cada vez es más frecuente encontrarte en el ticket nuevos conceptos, en cierto modo abusivos, para inflar la cuenta. En las últimas semanas se ha llegado a hablar en redes sociales sobre aquellos lugares en los que se cobra tanto el papel de aluminio como los movimientos que hace el camarero.
"Llamamos establecimientos de restauración a todos los locales públicos que sirven a los consumidores comidas y/o bebidas para ser consumidas en el mismo local, a cambio del pago de un importe. Se incluyen, por tanto, en este concepto, los restaurantes y cafeterías en todas sus categorías: bares, cafés, cafés-teatro, bodegones, mesones, tabernas, tascas y, en general, cualquier tipo de establecimiento público de características similares, incluyendo los de temporada, como los chiringuitos y locales ambulantes", es la descripción que se hace desde la Comunidad de Madrid.
Lo cierto es que no son pocas las prácticas abusivas que se han popularizado para desgracia de los consumidores. Sin embargo, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios recoge claramente los límites de estas prácticas. En su mayoría son permitidas siempre que se le informe al consumidor claramente o que esté indicado en un lugar visible. A continuación se ofrece un listado de las prácticas más populares.
- Cobrar el papel de aluminio para llevar: No es ilegal siempre que el cargo esté claramente especificado en la carta o el menú y que el cliente esté informado antes de realizar el pedido. Si no se informa previamente, podría considerarse una práctica abusiva.
- Incluir los movimientos del camarero como gasto adicional: Esta práctica es potencialmente ilegal si no se informa al cliente de manera clara y previa. Cobrar por "movimientos" o "servicio de camarero" sin justificación y sin que el cliente esté informado puede ser considerado abusivo.
- Cobrar por cubiertos o pan sin haberlo solicitado: Esta práctica es ilegal si el cliente no ha solicitado el pan o los cubiertos y se le cobra por ellos sin su consentimiento. Según la normativa de consumo, no se puede cobrar por un servicio o producto que no ha sido pedido.
- Suplementos por compartir raciones: No es ilegal si se informa claramente en la carta o menú. Sin embargo, si no se comunica previamente al cliente y se le sorprende con un cargo adicional en la cuenta, podría considerarse una práctica abusiva.
- Añadir cargos por conceptos imprecisos: Esta práctica puede ser ilegal si los cargos no están claramente detallados y justificados en la factura. La normativa exige transparencia en la información al consumidor.
- Incrementar los precios en función de la ubicación: No es ilegal si el cliente está informado antes de realizar su pedido. Por ejemplo, si hay diferentes tarifas para sentarse en la terraza, estas deben estar claramente especificadas en la carta.
- Cobrar por el hielo o el limón en las bebidas: No es ilegal si está especificado en el menú o si se informa al cliente antes de que se le sirva. Si no se avisa previamente, podría ser considerado abusivo.
- Imponer un mínimo de consumo: Una práctica considerada legal si se informa claramente al cliente antes de tomar asiento o de hacer el pedido.
- Incluir propinas automáticamente en la cuenta: Esta práctica es ilegal si no está claramente especificado en la carta o si no se informa al cliente previamente. La propina en España es voluntaria y no puede ser impuesta sin el consentimiento del cliente.
En caso de que surja un problema con el establecimiento, el consumidor estará en su derecho de solicitar una hoja de reclamaciones para formalizar su queja.Una vez recibida, el cliente debe completarla, explicando el problema y su petición. Después de rellenar la hoja, es fundamental enviar una copia a la Dirección General de Turismo y Hostelería de la Comunidad de Madrid.
Como alternativa, también se puede dirigir a la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios, o bien optar por un arbitraje de Turismo. Aunque la empresa no esté adherida al sistema arbitral, el colegio puede proponer un arbitraje para resolver la situación específica. Este proceso asegura que el consumidor tenga vías formales para hacer valer sus derechos ante situaciones injustas o abusivas en el sector de la hostelería.
Jesús Soriano, de @soycamarero, nos cuenta algunas prácticas absurdas en la hostelería: Cobrar por el papel de aluminio o por cada movimiento del camarero.
— En boca de todos (@EnBocaDe_Todos) August 27, 2024
? #EnBocaDeTodos27A en @cuatro con @davidalemantv
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Esta situación ha ganado gran popularidad en redes sociales avivando el debate social. De hecho, cuentas como las de Soy Camarero han logrado una gran popularidad por su visión crítica y por denunciar a aquellos hosteleros que se exceden en el precio de su servicio.
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