Política

La Mesa del Congreso suspende como diputados a Junqueras, Rull, Turull y Sànchez por su condición de presos con la oposición de Unidas Podemos

  • La decisión llega tras tres días de tira y afloja entre Congreso y Supremo
  • El cambio de la mayoría en el Congreso depende de qué hacen con el acta
  • Batet preguntará de nuevo a los letrados para el cómputo de mayorías

La Mesa del Congreso ha hecho efectiva la suspensión de los cuatro diputados en prisión preventiva por el procés catalán amparada en el informe de los letrados del Congreso, que avala la aplicación automática del artículo 384 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), pero con la oposición de Unidas Podemos.

La decisión llega tras tres días de tira y afloja entre el Congreso y el Tribunal Supremo y con la presión política sobre la presidenta del Congreso Meritxell Batet. Desde que se constituyeran las Cortes, la suspensión ha protagonizado el inicio de la legislatura. El aval de los letrados del Congreso ha hecho inevitable el anuncio pero ha supuesto el primer encontronazo entre el PSOE y Unidos Podemos.

La reunión de la Mesa este viernes ha durado 50 minutos frente a las más de tres horas de la bronca cita de este jueves. La nota discordante en la reunión de hoy ha sido la posición de los dos miembros de Unidas Podemos en la Mesa, Gloria Elizo y Gerardo Pisarello, que han votado en contra distanciándose del PSOE. La medida ha salido adelante con los siete votos restantes (tres socialistas, dos del PP y dos de Ciudadanos).

Las dos vías del enfrentamiento 

El vaivén entre la Cámara baja y la Sala que preside el magistrado Manuel Manchena deriva de la doble vía existente para llegar a una misma conclusión. La primera se encuentra en el Reglamento del Congreso de los Diputados (RCD), que establece en el artículo 21.1.2 que "el Diputado quedará suspendido en sus derechos y deberes parlamentarios [...] cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el Auto de procesamiento, se hallare en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta". La ausencia de suplicatorio, que el TS rechazó solicitar, fue la excusa para que el Congreso devolviera la pelota a Manuel Marchena y le instara a valorar la idoneidad de aplicar el artículo 384 de la Lecrim, que finalmente han confirmado los letrados del Congreso tras la doble negativa del Supremo a pronunciarse.

En este punto se abría la segunda vía. Dicho artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que "firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terrorista o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión". Sin embargo, el Supremo rechazó dos veces dar el paso para no pillarse las manos con el juicio aún en ciernes y la variación de la mayoría que conlleva contar con cuatro diputados menos en el Congreso.

¿Cómo afecta en el Congreso?

La suspensión de los diputados y la imposibilidad de delegar el voto en el Congreso puede marcar una legislatura con cuatro escaños menos por lo que la mayoría absoluta variará de 176 a 174 pues el nuevo hemiciclo tendrá 346 diputados y la mayoría absoluta se calcula con la mitad más uno. Ante esta eventual situación, Batet, en rueda de prensa posterior a la reunión de hoy, ha anunciado que va a pedir otro informe a la Secretaría Judicial de la Cámara para determinar cómo la suspensión "afecta al cómputo de mayorías" en el hemiciclo.

En cualquier caso, esta variación podría volverse fundamental para la investidura que Pedro Sánchez pretende afrontar entre junio y julio, pues ya contaría con los apoyos necesarios para revalidarse como presidente del Gobierno con mayoría absoluta.  Si se repitieran las votaciones con las que salió adelante la candidatura de Meritxell Batet para presidir el Congreso, Sánchez obtendría 175 votos positivos. Sin embargo, no todo está dicho y el candidato tendrá que luchar cada uno de los votos clave ante posturas como las de Coalición Canaria, cuya retirada le obligaría a enfrentarse a una segunda votación.

Sin embargo, son los cuatro presos quienes pueden tener la última palabra en este sentido. Si decidieran mantener su acta el juego con las mayorías se haría efectivo, aun asumiendo que el independentismo perdería capacidad de decisión en la Cámara baja. Esta opción, no obstante, les permitiría ejercer de diputados plenamente si el Supremo en su sentencia decretara la libre absolución.

Pero hay otro escenario: de entregar el acta, los cuatro escaños que dejan vacíos serían cubiertos por compañeros de lista, volviendo entonces a establecerse la mayoría absoluta en 176 diputados y manteniendo el independentismo cuatro votos para ejercer influencia en las votaciones del Congreso.

JxCat deja a sus tres suspendidos la decisión de renunciar al acta o continuar con el cargo

Jordi Sànchez ha sido el primero de los presos suspendidos en reacciones. El dirigente de JxCat ha lamentado que el juez Manuel Marchena haya "ganado el pulso" a Batet. En un mensaje de Twitter ha lamentado la decisión de la Mesa haya llegado "sin el suplicatorio que establece el artículo 21.2 del reglamento".

"Negar la presunción de inocencia y tensar el reglamento no resuelve nada. Desde la prisión y como diputado electo sigo apostado por el diálogo y la democracia", ha enfatizado.

Respecto a la posibilidad de que los tres diputados de JxCat suspendidos renuncien ahora a sus actas, la dirigente del partido Laura Borras ha dicho que el partido respetará "escrupulosamente" lo que ellos decidan sobre si seguir o no con estos cargos desde la cárcel.

Por su parte, ERC presentará una petición de reconsideración ante la Mesa del Congreso en la que solicitará dar marcha atrás en la decisión.

¿Qué pueden hacer y qué no?

Los derechos de los miembros del Congreso de los que han sido despojados Junqueras, Sànchez, Rull y Turull, vienen recogidos en los artículos 6, 7, 8 y 9 del Reglamento de la Cámara. Por tanto, no podrán asistir ni votar en los Plenos, formar parte ni participar en las comisiones parlamentarias, ni recabar datos, informes o documentos a las Administraciones Públicas.

Tampoco podrán percibir el sueldo de diputados, ni recibir las ayudas, franquicias e indemnizaciones por gastos indispensables para el cumplimiento de la función parlamentaria.

Ademas, el Congreso no abonará las cotizaciones a la Seguridad Social y a las Mutualidades a las que, en su caso, hubieran tenido derecho si, por su dedicación al escaño, hubieran tenido de dejar de prestar el servicio que motivaba su afiliación o pertenencia a aquéllas.

La suspensión no afecta a las denominadas "prerrogativas parlamentarias", reguladas en el Capítulo Segundo del Reglamento, y en las que se incluyen la "inviolabilidad" por las opiniones que hayan expresado en el ejercicio de sus funciones, así como la "inmunidad", es decir, el fuero parlamentario.

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