
Es justo reconocer el esfuerzo realizado por Gobierno, patronal y sindicatos para llegar a un acuerdo de consenso para mejorar el mercado laboral. Acabar con la precariedad y la temporalidad debe ser prioritario en esta reforma, y lo que se pacta en el diálogo social debería ser respetado por los partidos políticos.
Pero debemos decir que el acuerdo tiene una carencia muy importante, porque las pymes, que representamos el 99,8% del tejido empresarial y el 75% del empleo, no hemos estado representadas en el diálogo social en el ámbito estatal con voz propia. Una anomalía que se produce cuando se instaura la democracia y una sola organización, la CEOE, representa a todos los empresarios. Esto ha provocado que monopolios y grandes empresas con posiciones de dominio controlen la representación institucional, la concertación y el diálogo social con regulaciones hechas a su medida, que suelen perjudicar a las pymes.
El propio secretario general de CCOO de Cataluña dejó patente el otro día en unas declaraciones que "hace falta hacer una reflexión sobre los criterios de representatividad patronal". El actual sistema "no es justo, ni democrático para la representatividad patronal", apuntó.
Es necesario un acuerdo que permita solucionar la carencia de representatividad y participación de las pymes, así como recuperar sus derechos, para que puedan ser viables. Mientras los trabajadores han recuperado derechos, las pymes no lo han hecho.
Es necesaria una reforma con flexiseguridad, recuperar la financiación parcial de las indemnizaciones de FOGASA en crisis empresariales, y poder participar en la representación de los convenios colectivos.
La reforma laboral tendría que servir para solucionar problemas del mercado laboral, como el acceso de las pymes a la negociación colectiva, la capacidad de las empresas de adaptar su fuerza del trabajo a sus necesidades, la indexación de salarios a una cesta de indicadores de productividad y competitividad, la flexibilidad en la gestión de crisis empresariales, y la recuperación de los derechos perdidos por parte de las pymes en la reforma laboral de 2012. Más allá de la parte estrictamente laboral, hace falta una revisión de las políticas de empleo, tanto las activas como las pasivas.
El hándicap principal de la reforma es que se sigue regulando sin tener en cuenta la dimensión de las empresas. Se ha hecho una redacción que da pie a múltiples interpretaciones en aspectos relevantes y genera inseguridad jurídica, un elemento claramente paralizador del crecimiento empresarial. Si las reglas del juego de la contratación temporal se basan en "conceptos jurídicos indeterminados", se perjudica al empresario, sobre todo al de pymes, que tiene pocas contrataciones y está obligado a "acertar" sin margen de error, pues está penalizado con un incremento de las sanciones. Necesitamos reglas de juego más claras.
Es posible que la nueva regulación propicie un cambio en los datos estadísticos, pues puede que se reduzca la contratación temporal para transitar hacia el fijo-discontinuo, pero eso no necesariamente tendrá un efecto sobre el crecimiento del porcentaje de ocupación ni en la productividad, que son los factores preocupantes del mercado laboral de España.
El contrato fijo-discontinuo se ha erigido como el contrato que debe terminar con la excesiva temporalidad y con el fraude, ofreciéndose como herramienta para que las empresas puedan adaptar el tiempo efectivo de trabajo de sus empleados a sus necesidades, pero hay dos elementos que pueden hacer fracasar el objetivo de esta figura. El primero es la indemnización. Este aspecto tiene especial relevancia, pues los sectores que hasta ahora habían utilizado de forma más habitual el fijo-discontinuo son los más perjudicados por la pandemia, como es el sector turístico o la hostelería.
El nuevo artículo 16 está determinando que la "antigüedad" de estos contratos no sea por el tiempo efectivamente trabajado sino por tiempo de duración de la relación laboral. Aquí los juristas están divididos, pues esta utilización del término "antigüedad" afecta o no a la indemnización, una mala noticia dado que lo que se necesita es seguridad jurídica y más en un tema tan importante como este.
El segundo es la limitación del fijo-discontinuo a tiempo parcial. En la redacción de la nueva reforma, el contrato fijo-discontinuo a tiempo parcial solo se podrá realizar si está previsto en convenio colectivo. Es una limitación que no tiene ningún sentido. Esto perjudica directamente a las pymes que no disponen de plantillas amplias.
En definitiva, la reforma es un paso que tiene que abrir la puerta a nuevas negociaciones contando con las pymes.