
La Constitución no castiga ni perdona; regula las normas y principios por los que se rige España como un Estado de derecho y democrático, y nadie puede actuar al margen de los límites constitucionales.
Hay que recordar las palabras de la propia Constitución, para no ser víctimas del marketing político de quienes anteponen su propio interés o su permanencia en el cargo a la letra y espíritu de la Ley.
"Artículo 1:
España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho".
La Constitución española no permite el uso alternativo del Derecho o su desprecio en razón de tal o cual coyuntura.
"Artículo 2:
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española".
¿Cómo se puede apoyar un perdón en la Constitución en el cumplimiento de una pena por un delito contra la unidad de la Nación?
Conviene recordar la literalidad del texto de la Carta Magna a quienes anteponen sus intereses, y sus cargos, a la letra y el espíritu que la Ley presenta
"Artículo 6:
El ejercicio de la actividad de los partidos políticos es libre dentro del respeto de la Constitución".
Si los partidos políticos han de respetar la Constitución, no parece posible que el Gobierno lleve a cabo un acto (el indulto) que supone perdonar a unas personas que encabezan dos partidos políticos que no respetan la Constitución y afirman que van a seguir sin respetarla.
"Artículos 9 y 14:
La Constitución garantiza el principio de legalidad y la jerarquía normativa. Los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna…"
No es posible en el marco constitucional exonerar el cumplimiento de la Ley para ganar un indulto sin respetar los requisitos legales. Y de producirse la exoneración se vulnerará el Artículo 14, pues estamos ante una discriminación positiva, por la identidad política de los eventuales o probables indultados.
Invocar la "concordia", para dispensar del cumplimiento de la Ley, y encausarlo en la Constitución es un ataque a todos los españoles
Se podría seguir avanzando en la lectura de la Constitución para evidenciar que no se puede invocar la Carta Magna para defender un indulto a los "independentistas" condenados por sedición.
Es el mundo al revés: la Constitución impide el uso alternativo de Derecho, máxime sobre hechos que vulneran el principio constitucional de Unidad y obliga a respetar los principios de Legalidad e Igualdad ante la ley.
Invocar la "concordia" como elemento de la dispensa del cumplimiento de la ley y encausarlo en la Constitución, no sólo es un error, es realmente, un ataque a todos los españoles que sí queremos que el texto constitucional se respete.
No hay democracia sin Estado de Derecho y sin respetar los principios de legalidad e igualdad.
Deberían por tanto los creativos del marketing de Moncloa y asesores del presidente del Gobierno de la Nación, Pedro Sánchez, explicarle que invocar la Constitución es perder la razón, pues obliga a respetar la condena y no a indultar.