
El Tribunal General de la UE propina un sonoro revés a la Comisión Europea tras fallar que las ventajas fiscales de las que se beneficia Apple en Irlanda no suponen ayudas de Estado. Bruselas puede recurrir la decisión ante el Tribunal de Justicia de la Unión pero debe reconocerse el importante contratiempo que implica para sus planes de someter a un mayor control la tributación de las multinacionales.
Ha sido un proceso judicial tortuoso, que se desarrolla desde 2016, en el que la UE se jugaba mucho, no sólo por la magnitud de las posibles devoluciones exigidas (13.000 millones más intereses). Además, estaban implicados la empresa más representativa de la economía digital, Apple, y uno de los Estados europeos que más uso hace de los acuerdos fiscales ad hoc para multinacionales, los llamados tax rulings.
Significativamente, la sentencia del Tribunal de la UE no defiende los tax rulings. De hecho, lamenta "la naturaleza incompleta e incoherente" de estos pactos que permiten a Apple tributar en Irlanda a un tipo de Sociedades del 0,005% y desviar a ese territorio todos los beneficios que obtiene en el conjunto de Europa. Lo que reprocha a la Comisión es que no ha sabido demostrar que los tax rulings son ayudas ilegales.
Tampoco lo logró en casos anteriores, como el que afectaba a Starbucks en Holanda, y se evidencia que resulta casi imposible que lo haga mientras no exista una coordinación fiscal en la UE respecto a Sociedades.
Nunca ha habido una propuesta firme para establecer un mínimo en este tributo directo, algo que sí ocurre en la tributación al consumo con el IVA (situado en el 15% o en el 5% para las categorías reducida y superreducida). La UE se enfrenta a la paradoja de contar con unas reglas comunes de competencia prescindiendo de la base de una armonización fiscal real.