La obligatoriedad de la mascarilla volverá a cambiar, tras la polémica que imponía el uso de esta en todos los espacios cerrados o abiertos. Así, tras el malestar de los ciudadanos y la incomprensión de instituciones o referentes del propio Ministerio de Sanidad, como Fernando Simón, el Gobierno propondrá a las CC.AA. modificaciones en lo referente a su estancia en playas, montañas o actividades deportivas.
La reunión de este miércoles del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud volverá a tener a las mascarillas como gran foco de atención. Tan solo una semana después de que se aprobase la Ley de Nueva Normalidad, el Ejecutivo tendrá que rectificar sobre el endurecimiento del principal equipo de protección ante el coronavirus.
De esta forma, el cambio que había introducido en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que imponía los cubrebocas "a las personas, a partir de los seis años, en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público", independientemente de que se puedan cumplir los 1,5 metros de distancia, tendrá nuevas variantes.
Eso sí, siendo todavía propuesta, por lo que deberá contar con el aprobado general de las CC.AA., una vez se de luz verde la medida introducirá las siguientes modificaciones donde no será obligatorio el uso:
- En el baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas.
- En la práctica de deporte en el medio acuático, sea éste natural o artificial.
- En los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso de las playas o en entornos asimilados, solo podrá extenderse mientras esté en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados. En las piscinas, solo entre intervalos de actividad.
- En las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático.
- En los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.
Con ello, y entendiendo que se las modificaciones se introducirán en una de las excepciones que contemplaba la Ley de Nueva Normalidad ("no será obligatorio ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias"), se podrá volver a no hacer uso de la mascarilla en los entornos naturales.
Sí será obligatoria en paseos por playa o montaña
Esto implica el no obligatorio uso, sí recomendado aunque se pueda garantizar los 1,5 metros de distancia, para tomar el sol en la playa o en la piscina, para hacer deporte, para toda actividad en un medio acuático o para comer y beber. Sin embargo, las propuestas de Sanidad no terminarán con la presencia de las mascarillas en playas o montañas y así no contempla:
- En el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales.
- El paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos.
- El uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas.
- La permanencia en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los periodos necesarios para comer o beber.