
Este jueves ha entrado en vigor la conocida como 'ley de nueva normalidad' que obliga, entre otros apartados, al uso de mascarilla en espacios exteriores aunque se pueda mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros. Un endurecimiento de la norma que ha causado malestar entre la población general, gobiernos autonómicos y empresas del sector turístico por imaginar un verano con las playas y piscinas llenas de personas con cubrebocas. Sin embargo, todo indica que eso no será así.
Qué cambios sobre el uso obligatorio de mascarillas dicta la 'ley de la nueva normalidad'
La ley publicada el martes en el BOE, denominada Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID19, recoge mayoritariamente el texto del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio. Sin embargo, hay un importante cambio respecto al uso de cubrebocas.
El texto final aprobado establece la obligatoriedad a las personas, a partir de los seis años, de usar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público. Es decir, el redactado aprobado de la ley eliminó el inciso final de las dos letras, a) y b), del apartado 1 del artículo 6 del Real Decreto, en las que se condicionaba el uso de la mascarilla en espacios públicos a la imposibilidad de garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros. Asimismo, la nueva norma ha eliminado la referencia a los 1,5 metros de distancia de seguridad para el caso de los centros docentes.
La eliminación de este condicionante ha creado dudas sobre si a partir de ahora será necesario llevar cubrebocas en espacios abiertos como playas, piscinas o cuando se realicen actividades al aire libre, como en la montaña. Sin embargo, la ley no recoge específicamente qué sucede en esos casos, pues las excepciones al uso de mascarillas son solo tres.
Qué excepciones contempla la 'ley de la nueva normalidad' en el uso obligatorio de las mascarillas
El artículo seis de esta ley es el que contempla la regulación del uso de mascarilla y recoge varias excepciones.
1. Personas con enfermedad respiratoria o en de discapacidad: la obligación no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
2. Deporte al aire libre: la mascarilla no será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre.
3. Otras excepciones: tampoco será obligatorio ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
El Gobierno trabaja en una solución dentro de la norma: ¿Tomar el sol, incompatible con la mascarilla?
Ante el revuelo causado por el endurecimiento de la ley, el Ministerio de Sanidad se ha comprometido, en el marco de la celebración del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de este miércoles, a trabajar de manera técnica para intentar elaborar unos criterios de aplicación de la ley. La ministra Carolina Darias se ha marcado el objetivo de "intentar buscar en el margen de ese marco legal" cómo poder aplicarla "de la manera mas armonizada posible y, sobre todo, de la manera más contextualizada posible."
Realizar un cambio en la ley para, por ejemplo, volver a escribir la excepción del 1,5 metros, requería de otra ley, que necesitaría de un trámite parlamentario, o de un real decreto ley, que solo se aprueba en caso de extraordinaria y urgente necesidad. Sin embargo, las palabras de la ministra de "intentar buscar en el margen de ese marco legal" hacen pensar que el uso de la mascarilla en la playa o la piscina encajaría en la excepción 3: "tampoco será obligatorio ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias".
Atendiendo al redactado, serán las CCAA, como las autoridades sanitarias, las que puedan tomar la decisión de no obligar a usar mascarilla mientras se tome el sol por entender que es incompatible. Sin embargo, la ministra ya ha manifestado que busca una armonización de la norma en todos los territorios.
La mascarilla es obligatoria en Galicia cuando se corre o se pasea por la playa
A pesar del revuelo de los últimos días y el objetivo de la armonización que busca Sanidad, lo cierto es que durante los últimos meses de estado de alarma las Comunidades Autónomas han ido aplicando diferentes regulaciones y obligaciones en el uso de la mascarilla según la evolución de la pandemia. Como ejemplo claro está Galicia, que reguló su uso en la practica deportiva individual o en la playa.
El Diario Oficial de Galicia (DOG) Núm. 143 del Sábado, 18 de julio de 2020 contempló que las personas que iban a desarrollar una actividad deportiva individual al aire libre podían dejar de usar la mascarilla si se podía mantener la distancia de seguridad. Sin embargo, en el DOG Núm. 16-Bis del Martes, 26 de enero de 2021 se endureció la norma y se obligó al uso del cubrebocas durante la práctica deportiva: "La obligación de uso de mascarilla será exigible en todo momento durante la realización de la práctica deportiva individual al aire libre".
Respecto al uso de mascarillas en la playa o piscina, el diario oficial del mes de julio establece que serán obligatorias en los accesos, desplazamientos y paseos. Solo se pueden quitar para el baño "mientras se permanezca en un espacio determinado, sin desplazarse, y siempre que se pueda garantizar el respeto de la distancia de seguridad interpersonal entre todas las personas usuarias no convivientes".
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