
El Consejo para la Defensa del Contribuyente pide a Hacienda que actualice a la inflación las cuantías monetarias de las deducciones y reducciones fiscales. El órgano denuncia casos flagrantes en los que personas con padres a cargo han perdido la deducción por no actualizar las cuantías necesarias para obtener la ayuda tras haber subido las pensiones o lo obsoleto que se ha quedado el mínimo exento individual en la Renta para asumir los gastos mínimos para vivir, situado desde 2006 en 5.550 euros cuando ya debería ascender a 7.680 euros.
El Consejo señala que con el mayor coste de la vida, se han "multiplicado" las quejas de los contribuyentes por la falta de actualización de las deducciones. "En períodos inflacionarios, la presión fiscal sobre la renta se agudiza por el mero transcurso de los años, siendo perjudicadas comparativamente en mayor medida las personas más desfavorecidas", dice.
Deducción por ascendiente
Los contribuyentes con padres a cargo pueden deducirse en la Renta 1.150 euros si el ascendiente tiene más de 65 años o 1.400 si supera los 75. Para ello, el padre o la madre no puede tener rentas que superen los 8.000 euros, pero con la subida de las pensiones en los últimos años, muchos la han sobrepasado y los hijos han perdido la ayuda.
"Es bastante evidente que no deben de ser pocas las familias, y entre las más vulnerables, que han perdido el derecho a practicarse esa reducción por sostenimiento de ascendientes, sin que su situación real haya mejorado –al contrario, se habrá visto probablemente empeorada– como consecuencia del acentuado incremento del coste de la vida", expone el informe sobre la propuesta de reforma de adecuación de cuantías monetarias del Consejo.
El vicepresidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), Ignacio Arráez, destaca que el primer punto al que afecta de forma más intensa la falta de adecuación del IRPF a la inflación es a la base imponible.
Arráez señala que con la subida de pensiones y salarios por la inflación -que aclara, no es un alza de sueldo sino adecuarlo al nivel de vida-, si el fisco no deflacta (corrige) el impuesto, está gravando esa subida, lo que supone que parte de esa mejora para que el ciudadano no pierda poder adquisitivo se la come el fisco.
Reducciones afectadas
Añade que el problema más allá, ya que, en todos aquellos puntos en los que la ley del IRPF establece cuantías fijas se está perdiendo poder adquisitivo.
Destaca que en la actualidad, las rentas de trabajo tienen una deducción fija de 2.000 euros en concepto de gastos (igual que los autónomos pueden deducir comidas, etc.) y que si no se actualiza la cifra se pierde poder adquisitivo.
Ocurre igual con el seguro médico de la empresa, por el que el trabajador está exento de tributar por una cuantía de hasta 500 euros. Si las compañías suben la póliza, pagarán impuestos por el exceso.
La norma del IRPF también establece varios mínimos exentos como el individual. Cada persona, de sus ganancias, está exenta de tributar por los primeros 5.500 euros ya que el legislador considera que es la cuantía mínima que necesita para sobrevivir. La cifra no se ha actualizado desde 2006, la pérdida del valor que el dinero ha experimentado desde entonces supondría que la cuantía debe elevarse a día de hoy en 7.681 euros, un 30%.
El mínimo por descendiente permite a los padres deducirse en la Renta entre 2.400 euros y 4.500 euros según el mínimo de hijos, siempre que sean menores de 25 años y no ganen más de 8.000 euros al año. "Todo esto, si no lo actualizas, se queda desfasado", añade el vicepresidente de AEDAF.
Las deducciones por familia numerosa de 1.200 euros al año o 2.400 si tienen más de cinco hijos, así como la de maternidad de otros 1.200 euros tampoco se han actualizado conforme al IPC.
El Consejo para la Defensa del Contribuyente señala que hace muchos años que estas cuantías no son objeto de una revisión sistemática y general encaminada a adecuarlas al coste real de la vida y a la capacidad adquisitiva de los contribuyentes. No obstante, reconoce que hacerlo minoraría la recaudación de la Agencia Tributaria.
Ganancias patrimoniales
Ignacio Arráez destaca que desde enero de 2015, tras eliminarse por ley, ya no se ajustan las ganancias patrimoniales a la inflación. Como ejemplo, señala que si un ciudadano compra una casa por un millón y varios años después la vende por 1,2 millones, a la ganancia de 200.000 euros antes se le aplicaban unos coeficientes de actualización para evitar que tributara por el importe que correspondía a la inflación.
"Esta cuantía que has ganado debería estar corregida de alguna manera por el legislador", expone. El Tribunal Constitucional avaló en 2023 la supresión de estos coeficientes.
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