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Las empresas plantan cara a Hacienda y recurren las trabas para compensar pérdidas

  • El fisco afronta devoluciones por más de 3.000 millones si obtiene una sentencia en contra
  • Las reclamaciones son recientes y aún están en la vía administrativa
La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. | EP
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Los grupos consolidados plantan cara a Hacienda y recurren las restricciones para compensar en el Impuesto de Sociedades las pérdidas obtenidas por sus filiales. Una sentencia contra de la Agencia Tributaria podría suponer un golpe para las arcas públicas de más de 3.000 millones de euros en devoluciones a las empresas. Es decir, unos 1.000 millones por cada año que la medida ha estado en vigor.

Los distintos fiscalistas consultados por elEconomista.es coinciden en que las compañías están recurriendo "mucho" los límites a compensar fiscalmente las pérdidas en base a que vulnera el principio constitucional de capacidad económica. Es decir, Hacienda está gravando una renta que no existe con el único objetivo de incrementar la recaudación.

Jaime Gordillo, asociado de Fiscal de Eversheds Sutherland, señala que les consta que hay entidades que ya han recurrido y otras que se están planteando recurrir esta medida temporal que establece límites a la compensación de pérdidas para grupos consolidados. "Esto se debe a que, de acuerdo con el artículo 56 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, el grupo fiscal tiene la consideración de contribuyente, por lo que a través de esta medida se estaría afectando el principio de capacidad económica, ya que al limitar la compensación de pérdidas se impone al contribuyente una carga tributaria superior a la real", explica al respecto.

El Ejecutivo aprobó por primera vez este límite del 50% para compensar pérdidas para grupos consolidados en la Ley de diciembre de 2022 que sacó adelante el gravamen para banca y energéticas y el impuesto para las grandes fortunas. Gracias a esta medida, la Agencia Tributaria recaudó 1.098 millones de euros más a través del Impuesto de Sociedades en 2023, tal y como refleja el Informe de Recaudación de dicho ejercicio.

El Gobierno, a través de la ley de diciembre de 2024 que aprobó el nuevo impuesto mínimo global para que las grandes empresas tributen a un tipo de al menos el 15%, amplió los límites a compensar pérdidas para los ejercicios 2024 y 2025. De este modo, los grupos consolidados (independientemente de su tamaño y facturación) tendrán que declarar en Sociedades el cien por cien de las ganancias de sus filiales, pero tan solo la mitad de las pérdidas.

En un ejemplo muy básico, si un grupo tiene una filial que gana 200.000 euros y otra que pierde 100.000 euros, solo podrá compensar el 50% de esas pérdidas, de modo que tendrá que tributar por 150.000 euros, en vez de por 100.000 euros.

Los restantes 50.000 euros que no se ha podido minorar, y como novedad para 2024 y 2025, podrá compensarlas durante los siguientes diez años, incluyéndolas a partes iguales a partir del 1 de enero de 2025 (cuando se haya limitado su compensación este 2024) y del 1 de enero de 2026 (si se limitan en 2025). Es decir, continuando con el ejemplo, de esos 50.000 euros que no se ha compensado, podrá minorar 5.000 euros cada ejercicio durante una década.

Recorrido

De momento, los casos recurridos por las compañías aún son recientes y se encuentran en la vía administrativa, es decir, aún no han llegado a los tribunales. Los asuntos más avanzados, según informan los fiscalistas a este diario, aún están en los tribunales económico-administrativos regionales, aunque se espera que posteriormente salten al Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) y de ahí a la vía judicial.

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