
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado al Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) con 500.000 euros por incumplir sus resoluciones sobre honorarios, según ha informado en un comunicado este martes, una decisión contra la que el ICAB presentará un recurso.
Cabe recordar que la reciente Ley de Eficiencia de la Justicia, publicada en el BOE el 3 de enero y que entrará en vigor en su mayoría el 3 de abril, ya permite a los Colegios de Abogados publicar honorarios para que los ciudadanos estimen el coste de iniciar un proceso judicial y de una condena en costas.
La CNMC ya sancionó en marzo de 2018 al ICAB y a otros ocho colegios por realizar recomendaciones de precios mediante la elaboración, publicación y difusión de baremos de honorarios, una conducta que estaba prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia.
Tras este el ICAB aportó unos criterios orientativos para la tasación de costas, adecuándose al cumplimiento de la resolución sancionadora.
En febrero de 2020 la CNMC dictó otra resolución en el marco del procedimiento de vigilancia del expediente de 2018 en el que declaró que estos nuevos criterios presentados por el ICAB eran adecuados para cumplir con la resolución pero que seguiría vigilando su actuación.
Sin embargo, la CNMC asegura ahora que el ICAB difundió en sesiones de formación estos criterios como verdaderos baremos, lo que constituye el incumplimiento de las resoluciones de 2018 y 2020 y que está tipificado como una infracción "muy grave" en la Ley de Defensa de la Competencia.
El Colegio ya pagó en su día la multa acogiéndose a un artículo de la ley que permite reducir en un 20% la sanción si se paga por anticipado, por lo que finalmente abonó 400.000 euros.
El ICAB añade que su actuación está avalada por la aprobación de la Ley Orgánica del Derecho de Defensa (LODD), que entró en vigor el 4 de diciembre de 2024 y que reconoce el derecho de quien acuda a los tribunales de conocer con anterioridad el coste de una eventual condena en costas.
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