Legal

Aprobada la Ley del Derecho a la Defensa que permite a los colegios de abogados publicar honorarios

  • La suspensión del Pleno del Senado por la DANA supone el 'sí' a la norma
Mazo de un juez junto a una balanza. | iStock
Madridicon-related

Aprobada definitivamente la Ley del Derecho a la Defensa que permite a los colegios de abogados publicar honorarios. La suspensión del Pleno del Senado como consecuencia de la DANA que ha azotado el Levante ha supuesto de facto la aprobación definitiva de la norma, que entrará en vigor con el texto aprobado por el Congreso de los Diputados y que se publicará como ley en el BOE en los próximos días, según informa este miércoles el Consejo General de la Abogacía Española en un comunicado.

El Senado tenía previsto votar este miércoles el proyecto de ley con los cambios introducidos por algunos grupos parlamentarios, pero la suspensión ha impedido la votación, lo que ha provocado que mañana se excederán los plazos previstos para que la Cámara Alta pueda introducir modificaciones en el texto.

El presidente de la Abogacía Española, Salvador González, ha valorado muy positivamente el trabajo del Senado, así como el hecho de que la aprobación definitiva de la ley pueda hacerse efectiva antes de que concluya el año. "La ley del Derecho de Defensa consolida las garantías legales de los ciudadanos, dotando de una ley orgánica a un derecho esencial recogido en la Constitución. Además, ofrece nuevos instrumentos que deben facilitar el ejercicio profesional de la abogacía", ha apuntado González.

La Ley del Derecho a la Defensa reflejará que los Colegios "deberán amparar al profesional que se considere perturbado o presionado en el ejercicio de sus funciones y denunciar todas aquellas medidas normativas o actuaciones públicas o privadas que menoscaben el derecho de defensa". También contiene alusiones claras a la conciliación en el ejercicio de la abogacía.

La norma, además, recoge el armazón legal para establecer criterios orientativos sobre los honorarios profesionales en el seno de los Colegios de la Abogacía. La ley sostiene el derecho a "elaborar y publicar criterios orientativos, objetivos y transparentes que permitan cuantificar y calcular el importe razonable de los honorarios". La abogacía ha sostenido de forma reiterada que los honorarios de referencia son una herramienta esencial para la tasación de costas y, por tanto, para que los profesionales puedan anticipar a sus clientes las posibles consecuencias económicas de plantear acciones legales.

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky