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Guía para reclamar los gastos hipotecarios tras la sentencia del Tribunal Supremo

Mazo de un juez junto a una casa. | iStock
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La sentencia del Tribunal Supremo del 14 de junio pero conocida este martes cambia los plazos para reclamar a la banca lo pagado indebidamente por los gastos hipotecarios (el 50% de los notariales y el 100% de los de gestoría, registro y tasación), si la entidad impuso el cien por cien de los mismos al cliente.

Según el último fallo del Supremo, los usuarios podrán pedir la devolución de los mismos una vez conozcan que la cláusula hipotecaria es abusiva y, por tanto, el mejor momento para saberlo es cuando un juez así lo declara. A partir de entonces, el consumidor tendrá cinco años para pedir a la entidad la devolución de los gastos más los intereses legales desde que abonó los mismos. El fallo permite reclamar estos gastos independientemente de la antigüedad de la hipoteca, de si está ya amortizada o cancelada.

Los importes medios a recuperar oscilan entre los 1.500 euros y los 3.000 euros según la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin).

Estos son los pasos a seguir para reclamar los gastos; que pasan primero por la vía extrajudicial hasta llegar a la judicial, y los aspectos a tener en cuenta.

Quién puede reclamar

Puede reclamar los gastos hipotecarios aquellos consumidores con una hipoteca anterior a junio de 2019, fecha en la que entró en vigor la ley hipotecaria y que imputó la mayoría de los gastos desde entonces a la entidad financiera. Desde esta fecha hacia atrás, da igual en qué año se firmó el contrato y si la hipoteca se terminó o no de pagar.

Recopilar documentación

En primer lugar, el consumidor debe comprobar que en su hipoteca hay una cláusula que le impuso, de forma no negociada, el pago de todos los gastos hipotecarios (gestoría, notaría, tasación de la nota simple y registro de la propiedad). Tras comprobar si es así, para poder reclamar debe recopilar toda la documentación de la hipoteca y, especialmente, todas las facturas que acrediten que abonó esos gastos.

Atención al cliente del banco

Con esta información, el siguiente paso es la vía extrajudicial: interponer una reclamación al servicio de atención al cliente del banco. La queja se puede interponer de forma física, solicitando en la entidad un formulario de reclamación en el que, aportando nombre, apellidos, DNI o NIE, se explique el motivo de la reclamación. Si no existiese este formulario, también sirve un folio. Es clave que el banco selle la reclamación y que el cliente se quede con una copia del escrito. También se puede enviar la reclamación por burofax o correo certificado con acuse de recibo. La entidad tiene dos meses para contestar a la queja del consumidor.

Marisa Protomártir, responsable jurídica de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), explica que hasta el momento, el banco lo que muchas veces es reconocer la nulidad de la cláusula (el derecho nacional y el europeo reconocen la imprescriptibilidad de una cláusula abusiva), pero no devuelve el dinero al cliente. Entre otros motivos, argumentan que el plazo de prescripción de cinco años empezó a contar cuando se pagaron estos gastos, así que argumentan que está prescrito. A partir de ahora, Marisa Protomártir señala que si el banco reconoce la nulidad de la cláusula esto hace al consumidor conocedor de su abusividad y, por tanto, se inicia el plazo para reclamar la devolución. "Ojo a los consumidores que hicieron reclamaciones extrajudiciales, el banco les denegó la devolución y luego no han reclamado dentro del plazo de cinco años", avisa la experta jurídica.

Banco de España

En caso de que el banco decida no devolverle los gastos tras interponer el escrito, el cliente debe presentar una reclamación ante el Banco de España. El organismo facilita en su web el formulario que, una vez rellenado, el consumidor puede presentar de forma física en el Registro General del Banco de España, en alguna de sus sucursales o enviarlo por correo al Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones. También puede enviarlo por vía telemática a la Oficina Virtual del Banco de España. El sistema exige la posesión de un certificado digital. El Banco de España tendrá que decidir si la queja del cliente está justificada o no y podrá requerir información adicional. En todo caso, pueden darse tres situaciones: que el Banco de España dé la razón a la entidad, que se ponga de lado del cliente y que la entidad acepte devolver los gastos o que, aunque el organismo se ponga de parte del consumidor, la entidad no acepte la resolución del supervisor y no devuelva los gastos.

Acudir a los tribunales

Ante esta situación, al cliente ya solo le queda la vía judicial e interponer una demanda ante los tribunales. Desde Asufin señalan que el fallo del Supremo permite a los usuarios reclamar los gastos hipotecarios pagados, ya sean recientes o de hace más tiempo, por abusivos, incluso cuando se trata de hipotecas ya amortizadas y canceladas. "Prácticamente todo el que firmó una hipoteca con su banco antes de la ley hipotecaria de 2019 tuvo que afrontar la factura del notario, gestoría, registro y tasación", dice la asociación.

El Tribunal Supremo sentó doctrina, declarando abusiva esta cláusula, y estableció la devolución del 50% de los gastos notariales y la totalidad del resto. La cuestión que quedaba sin resolver es la del plazo para reclamar unas cantidades.

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