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Alerta de los técnicos de Hacienda: los pensionistas de 21 mutualidades tendrán una deducción menor en el IRPF

Oficina de la Agencia Tributaria. | EP
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Los pensionistas que realizaron aportaciones a las antiguas mutualidades sustitutorias de la Seguridad Social tienen ahora una deducción menor en el IRPF que aquellos que realizaron aportaciones a las antiguas mutualidades laborales.

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han advertido este viernes en un comunicado que existe un trato fiscal distinto entre estas aportaciones.

Concretamente, aquellos pensionistas que realizaron aportaciones a alguna de las 21 mutualidades sustitutorias antes del 1 de enero de 1979, solo pueden deducirse en el IRPF el 25% de la parte de la pensión que corresponda o que se haya generado gracias a dichas aportaciones.

Sin embargo, en el caso de los pensionistas que hicieron aportaciones a mutualidades laborales (que eran entidades gestoras de la Seguridad Social) pueden deducirse en el IRPF el 25% de la parte de la prestación que corresponda a las cotizaciones hechas entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978; y además pueden deducirse hasta el 100% de la parte de la pensión que corresponda a aportaciones hechas antes de 1967.

Por tanto, aquellos jubilados que aportaron a las mutualidades laborales o gestoras de la Seguridad Social tendrán una reducción en el IRPF mayor que los que aportaron a las sustitutorias (listado de estas mutualidades más abajo). La Agencia Tributaria aplica desde este año la deducción en el IRPF por estas aportaciones a mutualidades directamente en la declaración de la Renta, mientras que ha puesto a disposición de los contribuyentes un formulario web para solicitar la devolución de los últimos cuatro años no prescritos (2019-2022).

Los técnicos del Ministerio de Hacienda calculan que estas deducciones beneficiarán a 4,8 millones de personas entre jubilados y herederos. Estos últimos podrán reclamar la devolución de lo pagado de más si los mutualistas fallecieron entre 2019 y 2023 a través del modelo 'H100-solicitud de pagos de devolución a herederos' junto con la documentación señalada en el mismo.

Listado de las mutualidades

  • Asociación General de Empleados y Obreros de Ferrocarriles de España.
  • Caja de Pensiones de Banco Hipotecario.
  • Caja de Pensiones de Personal del Banco de Crédito Local de España.
  • Empleados del Banco de España.
  • Ferrocarril Metropolitano de Barcelona.
  • Hermandad Nacional de Arquitectos.
  • Institución Telefónica de Previsión (ITP).
  • Montepío de Previsión Social para Empleados y Obreros de Puertos.
  • Montepío del Personal de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.
  • Montepío Marítimo Nacional, integrado en el Instituto Social de la Marina.
  • Mozos Arrumbadores de Aduanas.
  • Mutualidad de Empleados de Notarias.
  • Mutualidad de Previsión del extinguido Instituto Nacional de Previsión.
  • Mutualidad de Previsión Social del Banco de Crédito a la Construcción.
  • Mutualidad de Previsión Social del Personal de las Cámaras Oficiales de la Propiedad Urbana de España y de su Consejo Superior.
  • Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local (MUNPAL).
  • Organización de Trabajos Portuarios.
  • Personal del Servicio de Vigilancia Aduanera.
  • Tabacalera, Sociedad Anónima.

Los pensionistas que estuvieron en la mutualidad de la Caja de Pensiones de Tabacalera y en la de la Caja de Pensiones del Servicio Nacional del Cultivo de Tabaco no tienen derecho a la deducción ya que las aportaciones las realizaron directamente las empresas y no salieron de la nómina del trabajador.

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