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La nueva Ley Concursal triplica la exoneración de deudas y ya se logra en tres meses

  • Las personas deben declararse insolventes y no haber tenido faltas graves en 10 años
  • La exoneración les permitirá salir de la lista de morosos...
  • ...y que los acreedores no tomen acciones
Un hombre con los bolsillos vacíos. | iStock
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La reforma de la Ley Concursal de septiembre de 2022 ha triplicado los concursos de acreedores de personas físicas con el principal objetivo de acceder a la exoneración de deuda. La norma agilizó el procedimiento, facilitando que los ciudadanos sin bienes para pagar sus deudas puedan librarse de ellas en tiempo récord: entre tres y seis meses.

Según los datos publicados el viernes por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a cierre del primer trimestre de 2024 se presentaron 10.992 concursos por parte de personas físicas, récord histórico en un tres meses desde que el órgano realiza estadísticas. La cifra supone un 52% más que en el mismo periodo de 2023 y el triple que en el tercer trimestre de 2022, cuando se aprobó la nueva Ley Concursal, Asimismo, a lo largo de todo 2023 hubo un total de 33.268 concursos de personas físicas (otro récord), frente a los 15.500 de 2022 y los 10.000 de 2021.

Toni Galve, director del Departamento jurídico en Repara Tu Deuda, bufete especializado en la segunda oportunidad, explica a este diario que el principal motivo que tiene una persona que va a concurso de acreedores es pedir el perdón de deuda. "A mayores concursos, mayores exoneraciones porque es proporcional", matiza.

Aunque la Ley de Segunda Oportunidad se aprobó en 2015, la reforma de la Ley Concursal introdujo mejoras que agilizó el proceso. Galve señala que, de un lado, eliminó la fase extrajudicial de mediación concursal, un proceso por el que debían pasar los deudores para intentar llegar a un acuerdo con sus acreedores. "Ese paso, para muchas personas, solo era un mero trámite porque no podían pagar. Sin él, van directamente al juzgado y se ahorran dos o tres meses", apunta. De otro lado, añade, la ley también obligó a que los concursos de acreedores de personas físicas los llevaran solo los juzgados mercantiles. Antes iban a los civiles y el proceso se retrasaba porque no tenían los conocimientos suficientes.

Dos tipos de procedimientos

Para la persona física, explica Toni Galve, se han establecido dos tipos de procedimientos en función de si tiene o no bienes liquidable. Si los tiene, hay que liquidarlos a través de un administrador concursal y se paga de forma ordenada a los acreedores lo que se puede. Si aún así hay más deuda, se pide la exoneración. Ese proceso puede durar 12 meses de media.

Para las personas sin bienes está el concurso sin masa que dura de tres a seis meses, puesto que el juzgado verifica que no hay activo y directamente se resuelve sobre la exoneración del pasivo.

Requisitos

Para que una persona pueda pedir la exoneración de deuda debe entrar en concurso de acreedores bien porque esté en insolvencia inminente (que prevé que pronto no podrá pagar sus deudas) o actual (ya no las puede afrontar). Además, tampoco podrá acceder a la exoneración si en los diez años previos ha sido condenado a cárcel, por delitos contra el patrimonio, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores, con una pena igual o superior a tres años. Tampoco puede haber sido sancionado diez años antes por una infracción tributaria grave, de seguridad social o cuando se hubiera dictado derivación de responsabilidad.

La ley también veta el perdón si el concurso de acreedores se declara culpable, si la persona no colabora con el juez o proporciona información falsa o engañosa. Cabe recordar que la norma no permite el perdón de las deudas que se mantengan con Hacienda y la Seguridad Social, más que en 10.000 euros cada una.

Beneficios

Finalmente, los beneficios de acceder a la exoneración es que los acreedores no podrán emprender acciones contra el deudor. Además, dejará de estar en el fichero de morosos por lo que podrá volver a pedir créditos o emprender.

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