
El Ministerio de Presidencia, Justicia y Relación con las Cortes, encabezado por Félix Bolaños, ha aprobado un nuevo Real Decreto que establece el arancel de los procuradores, después de que el Tribunal Supremo tumbara el pasado 9 de abril la anterior norma por la falta de un análisis concreto y detallado del impacto de la medida en los profesionales.
El nuevo texto mantiene los límites en el mismo nivel que en la norma anulada, el Real Decreto de mayo de 2022, al establecer que la cuantía global por derechos devengados por un profesional de la Procura no podrá exceder de 75.000 euros por el conjunto de actuaciones vinculadas entre sí que pertenezcan a un mismo asunto, en sus diferentes instancias.
Este arancel tendrá carácter de máximo, quedando prohibida la fijación de límites mínimos para las distintas actuaciones profesionales desarrolladas, tal y como exige el derecho de la Unión Europea. Además, el procurador y el cliente tendrán libertad para pactar la retribución de los servicios profesionales prestados por el primero en una cantidad inferior a lo previsto en el arancel.
El Real Decreto, publicado este miércoles en el BOE y que entrará en vigor este jueves, justifica que se fundamenta en la libre negociación para la fijación de precios entre el profesional de la Procura y el cliente, fomentando la libre competencia entre los profesionales, con el único límite que comporta no superar los precios máximos.
Justicia expone que se ha optado por una nueva regulación completa del arancel, en lugar de llevar a cabo la modificación del hasta ahora vigente aprobado por Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, en atención a que son varios los artículos a modificar.
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