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Por qué razones puede tumbar el Gobierno la compra del 9,9% de Telefónica por parte de Saudi Telecom

  • El Ejecutivo debe valorar la compra si se supera el 5% del capital social
  • Por tratarse de dar entrada en una empresa clave para la defensa nacional
  • También puede poner condiciones y pedir un dictamen a Europa

El recién estrenado escudo 'antiopas', Real Decreto aprobado por el Ejecutivo en julio y que entró en vigor el 1 de septiembre, da potestad al Consejo de Ministros para tumbar la compra del 9,9% de Telefónica por parte de STC o, si lo considera, poner condiciones al inversor.

El grupo saudí ha desembarcado en Telefónica por dos vías: con la adquisición de acciones representativas del 4,9% del capital social y por la compra de instrumentos financieros que le confieren una exposición económica sobre otro 5% y de los que heredará el derecho de voto. Sin embargo, el nuevo comprador ya ha solicitado al Ejecutivo transformar ese 5% en acciones representativas y, por tanto, en capital social. Una petición que da vía libre a Moncloa para entrar a analizar si autoriza la operación puesto que Telefónica está considerada empresa estratégica para el país y también clave para su defensa.

Cuándo puede entrar el Gobierno

El Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, sobre inversiones exteriores marca que el Consejo de Ministros tiene que autorizar toda inversión extranjera sobre una compañía española que se considere estratégica por razones de seguridad, salud u orden público, siempre que el comprador alcance o supere el 10% "del capital social del emisor o de sus derechos de voto". Circunstancia que no es el caso porque el grupo saudí se ha quedado en el 9,9% y ha anunciado que no tiene intención de aumentar su posición.

Excepción por defensa nacional

El mismo texto recoge, sin embargo, una excepción para intervenir en la operación aunque no se alcance el 10% del capital social, si la firma española en la que se invierte es clave para la defensa nacional. El artículo 18 del Real Decreto permite la suspensión de la operación si se invierte en actividades relacionadas con la defensa nacional que afecten a las capacidades industriales, sistemas y servicios que doten a las Fuerzas Armadas. Telefónica es una compañía clave para Defensa en materia de redes, sistemas o ciberseguridad.

Este artículo marca que no se podrán vetar las inversiones extranjeras en empresas españolas relacionadas con la defensa nacional si el nuevo inversor no alcanza el 5% del capital social y siempre que no entre en el consejo de administración. Aquí estará una de las claves a analizar puesto que la operación de STC se ha dividido en la adquisición de acciones por el 4,9% del capital social y la compra de instrumentos financieros que le confieren una exposición económica sobre otro 5%, pero que STC ya ha anunciado que quiere transformar en títulos representativos. Por tanto, es a partir de ahora que el Gobierno comenzará a analizar si autoriza la entrada del grupo saudí ya que su intención es la de superar el 5% del capital social en la 'teleco'.

Compromiso obligatorio de STC

Además, en ese mismo artículo 18, el Real Decreto establece que, en el caso de inversiones en empresas relacionadas con la defensa nacional que alcancen entre el 5% y el 10% del capital social (como se pretende), para poder salir adelante, el comprador debe notificar la operación a la Dirección General de Armamento y Material y a la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones y añadir un documento en el que se comprometa fehacientemente en escritura pública a no utilizar, ejercer ni ceder a terceros sus derechos de voto, ni a formar parte del órgano de administración de la sociedad. En caso contrario, el Gobierno podrá prohibir la inversión.

Plazo de tres meses

STC pidió este martes a la Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa, tal y como exige el decreto 'antiopas', la autorización para elevar su participación en el capital social al 9,9%. El Consejo de Ministros, que es el que emite la resolución, a propuesta de la persona titular del Ministerio de Defensa y previo informe de la Junta de Inversiones Exteriores, tiene un plazo máximo de tres meses para tomar una decisión.

Decisiones que puede tomar

El Consejo de Ministros, según la normativa, puede tomar tres resoluciones diferentes. De un lado podría autorizar la operación sin más; por otro, podría denegarla y en este aspecto STC Group tendría derecho a recurso; y, finalmente, podría aprobarla bajo las condiciones que considere oportunas para garantizar la seguridad nacional.

El papel de Europa

El Ejecutivo aprobó en julio el escudo 'antiopas' con el objetivo de actualizar la regulación conforme al Reglamento europeo (452/2019) para el control de las inversiones extranjeras directas en la Unión. Esta norma, que entró en vigor el 11 de octubre de 2020, permite al Estado pedir un dictamen a la Comisión Europea sobre la inversión si considera que pone en riesgo la seguridad, salud u orden público. Asimismo, también incluye la opción de que Europa emita este dictamen sin que se lo pida un país. Precisamente, Bruselas trabaja en la actualidad en modificar este Reglamento para endurecer el control sobre la entrada de inversiones extranjeras en países de la UE.

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