Economía

Más de diez años de la hipoteca inversa, ¿es buena idea convertir una vivienda en propiedad en un complemento para la pensión?

  • Antes de la crisis despertó cierta curiosidad, pero luego cayó en el olvido
  • El producto se ha encontrado con varios obstáculos como su complejidad...
  • ... también cuenta con algún punto a favor como una fiscalidad atractiva
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Hace más de diez años que en España existe la hipoteca inversa, aunque con un desarrollo muy marginal. ¿Qué ha sido de ella? Antes del fin del boom inmobiliario despertó cierta curiosidad, en la crisis cayó en el olvido y ahora recupera otra vez cierta atención. Pero, ¿realmente es una buena idea convertir la vivienda en un complemento para la pensión?

Las hipotecas inversas nacieron como un préstamo o crédito hipotecario que permite que el propietario, de edad igual o superior a los 65 años, de una vivienda la use como garantía para cobrar de manera vitalicia una renta, o bien de forma periódica (por ejemplo, cada mes), o bien de una sola vez. 

Una vez que el propietario fallece, los herederos deben asumir las consecuencias de este producto. Y es que, según lo estipulado en la mayoría de contratos, los descendientes tienen que abonar la cantidad prestada por el banco más los intereses a favor de la entidad crediticia. Los expertos recuerdan que los intereses con los que se grava suelen ser bastante elevados.

En cualquier caso, los herederos no tienen la obligación de realizar el abono del saldo e intereses, sino que pueden renunciar a la herencia de la vivienda a favor del prestamista. Además de la carga que recae sobre los herederos, este producto se ha encontrado a lo largo de estos últimos años con otras adversidades que frenaron su desarrollo dentro de las fronteras españolas.

La Fundación de Estudios Financieros (FEF) enumera varios de esos obstáculos: la existencia de un mercado poco maduro a finales de 2007, la crisis inmobiliaria y su incidencia a la baja en los precios de las casas, así como los seguros adicionales que incrementaban de manera sustancial el coste de la operación. 

Además siempre se trató de un producto altamente complejo y desconocido. Según los últimos datos del Banco de España, el 77% de las personas mayores de 60 años no ha oído hablar nunca de este tipo de hipotecas y de aquellos que sí que han escuchado algo, una cuarta parte tiene una idea incorrecta de las mismas. En definitiva, el 83% de las personas mayores desconocen o tienen un idea incorrecta de este producto. 

Como factor en contra, fuentes financieras apuntan también a la mala praxis de las entidades. Recuerdan que en muchos casos no se hizo una una comercialización demasiado transparente de este tipo de productos. 

Las rentas no tributan por IRPF

A pesar de la poca fama con la que cuenta la hipoteca inversa, la realidad inmobiliaria con unos precios en continua subida, el aumento de los jubilados y la incertidumbre que rodea al sistema de pensiones han devuelto a este producto al foco de atención. 

Y es que, la opción de utilizar la vivienda en propiedad como complemento de la pensión de la Seguridad Social cuenta con algún punto a favor. El principal atractivo es fiscal y los expertos recuerdan que las rentas que el beneficiario reciba no tributan por IRPF porque se tratan de disposiciones de un préstamo.

¿Qué pasa si el propietario supera la esperanza de vida? Si el beneficiario recibe las cantidades a través de un seguro de renta vitalicia diferida sí tendrá que tributar por lo recibido, pero solamente al 1,44%.

En cuanto a los gastos, la hipoteca inversa está exenta del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y las tasas notariales son inferiores a las de un préstamo hipotecario normal.

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