
En la última campaña de la Renta, referente a los rendimientos del trabajo de 2024, Hacienda había devuelto, a fecha de 2 de julio de 2025, más de 9.100 millones de euros a más de 12.500.000 contribuyentes, el 78,9% de las declaraciones que salieron a devolver, porcentaje que tiene hasta final de año para completar.
Mientras, teniendo en mente que en 2026 tendremos que declarar los ingresos que estamos generando a día de hoy, es importante saber que gracias a la Ley 5/2025 los trabajadores que cobren el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) podrán solicitar una deducción extraordinaria de hasta 340 euros en la próxima campaña de la Renta al aplicarse con valor retroactivo desde el 1 de enero de 2025.
Así se recoge en la disposición final tercera, que modifica la Ley 35/2006, de IRPF, quedando redactada la disposición adicional sexagésima primera de la siguiente forma:
"Los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo iguales o inferiores a 16.576 euros anuales se deducirán 340 euros anuales. Cuando estén comprendidos entre 16.576 euros anuales y 18.276 euros anuales se deducirán 340 euros menos el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 16.576 euros anuales."
De este modo se prevé que el importe de la deducción se vaya reduciendo progresivamente dentro de los límites mencionados. En caso de superar los 18.276 euros anuales por rendimientos del trabajo, los contribuyentes no podrán optar a esta rebaja bajo ningún concepto, ya que está pensada para aliviar la carga tributaria de los sueldos más bajos, que soportan un esfuerzo fiscal considerable en comparación con su capacidad económica.
De este modo, un trabajador que ingrese 17.000 euros podrá optar a una deducción de 255,20, mientras que para uno que cobre 18.000 la rebaja será de 55,20 euros.
No hay que presentar ningún documento, es automático
La deducción del IRPF a trabajadores con ingresos equivalentes o inferiores al SMI se aplicará de forma automática en la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2025, que se presentará en 2026, por lo que no será necesario que el contribuyente rellene un formulario específico para solicitar la rebaja, dado que aparecerá directamente en el borrador del IRPF si es apto para recibirla.
Es por esto que se recomienda a todos los contribuyentes, incluso los no obligados a declarar, que lo hagan, dado que podrán beneficiarse de esta devolución y aumentar su renta disponible. Eso sí, en caso de que la Agencia Tributaria tenga dudas con respecto a los rendimientos del trabajo de la persona, podrá requerir que se presente documentación acreditativa para comprobar que los datos son correctos.
Relacionados
- Sanidad pide que nos preparemos para lo que viene si usamos este popular gel de ducha: no se salvan en casi ninguna casa
- Hacienda castigará a las autonomías que han bajado el IRPF en la quita de deuda
- Multa de 200 euros por encender las luces de emergencia en retenciones: la normativa de la DGT sobre el uso de los warnings