
Según los últimos datos gubernamentales, el presupuesto destinado a las prestaciones contributivas por jubilación ascendió a 9.954 millones de euros en agosto de 2025, un 6% más de lo abonado en el mismo mes del año pasado, un incremento que responde al aumento de preceptores y a la revalorización de las nóminas con el IPC.
La pensión media por jubilación asciende ahora a 1.507,55 euros, aunque los hay que cobran casi el triple del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Y es que para 2025 la pensión máxima está en 3.267,60 euros al mes en 14 pagas y en 3.812 para 12, cifra que bajo ningún concepto puede ser superada y que perciben aproximadamente 450.000 españoles, según la Seguridad Social.
Esta cifra se traduce en unos 45.746,40 euros anuales de pensión, siendo el límite máximo de percepción de las pensiones públicas que se causen en 2025, bien se perciban solas o en concurrencia con otras. Ahora bien, los beneficiarios que la perciban habrán de haber cotizado por la base máxima de 4.909,50 euros durante los últimos 25 años de su vida laboral, además de acreditar que han trabajado lo máximo para percibirla (38 años y 3 meses o más en 2025/26 y 38 años y 6 meses o más a partir de 2027).
Si el trabajador tiene menos años cotizados, ese coeficiente del 100% bajará, pudiendo acceder a la pensión máxima si tuviera una base reguladora mayor, que se calcula sumando las últimas 300 bases y dividiendo el resultado entre 350. Esto a grandes rasgos, dado que hay que tener en cuenta otros conceptos como el coeficiente por efecto inflación, aunque puedes consultar cómo se hace al detalle en este enlace.
El caso de la jubilación anticipada
No obstante, puede darse el caso de que a la hora de calcular la pensión ésta se sitúe por encima de la cuantía máxima, supuesto en el que la Seguridad Social procederá a recortarla hasta fijarla en el tope máximo establecido, que no se puede superar en ninguna circunstancia, tal y como establece la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
De hecho, si se tratase de una jubilación anticipada se le aplicaría un coeficiente reductor extra al importe final. Ya sea voluntaria o involuntaria, a los trabajadores que se retiren del mercado laboral antes de lo que les correspondería por ley se les aplicaría ya de por sí un coeficiente reductor de hasta un 30%, incurriendo en un "doble recorte". De este modo, si aún así la pensión resultante superase la cuantía máxima, se aplicaría un nuevo coeficiente.
Dos trucos para cobrar más
Con todo, hay dos formas de superar la pensión máxima: con el complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones y la jubilación demorada.
Por su parte, el complemento por brecha de género es una cuantía extra que se añade a la pensión por cada hijo que tenga el beneficiario, hasta un límite de cuatro y que "no se tiene en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones contributivas", detalla la LGSS.
Mientras, para los que alargan su vida laboral y optan por la jubilación demorada, existe la posibilidad de cobrar por encima del tope máximo, aunque no a través de la pensión mensual. Sabemos que por cada año que se retrase la jubilación la Seguridad Social otorga un porcentaje adicional de 4%, pero en el caso de los que obtengan una cuantía superior al tope máximo no se les sumaría a la mensualidad.
En su lugar habrían de elegir entre recibir un pago único a tanto alzado en el momento de jubilarse o una cantidad anual adicional, por lo que la pensión mensual no superaría el tope, pero los ingresos anuales totales como pensionista sí.
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