
Las pensiones de incapacidad permanente son las más particulares de todas aquellas que forman parte del grupo de pensiones contributivas. Al contrario que en otros casos como los de jubilación o viudedad, su concesión no responde a hechos probados, dado que depende del estado del paciente y de la influencia de sus dolencias en su vida diaria y laboral.
Es por eso que en el proceso de solicitud de la pensión cobra una especial importancia el tribunal médico, denominación coloquial que se usa para nombrar al Equipo de Valoración de Incapacidades, el EVI. Su dictamen es clave, pero no vinculante. Es decir, que aunque a menudo su parecer es seguido por la Seguridad Social, la decisión última es de la dirección provincial del organismo.
La tarea fundamental del tribunal médico es hacerse una idea del estado del paciente y saber si su estado actual le incapacita para su trabajo actual, si le dejaría desempeñar funciones diferentes o si directamente no está en condiciones de realizar trabajo alguno.
Pero no solo eso: ha de evaluar las opciones de recuperación del paciente y si va a necesitar ayuda de terceros para los actos más esenciales de la vida. Todo esto es determinante a la hora de denegar o recomendar la pensión y, en ese caso, el grado de la misma.
Para emitir un dictamen, el tribunal médico puede pedir al trabajador los informes médicos y resto de documentación acumulada durante el proceso y también pedir al paciente información a través de todo tipo de preguntas, incluidas unas muy peculiares que, bajo la apariencia de cuestiones triviales, permiten obtener muchos datos clave para el proceso.
Son las que el portal especializado Fidelitis califica como 'preguntas trampa' del tribunal médico. Con ellas, sus miembros pueden conseguir una información valiosa antes de decidir si se recomienda o no la concesión de la pensión.
- ¿Qué tal te encuentras? Parece simplemente una especie de saludo, una forma de romper el hielo o de preocuparse de forma casi banal por el estado del paciente, pero nada más lejos de la realidad: permite al tribunal conocer la autopercepción del trabajador, conocer sus sensaciones sin recurrir a formalismos que corren el riesgo de ponerle en alerta.
- ¿Has mejorado de tu enfermedad o lesión desde que estás de baja? También se dirige a las sensaciones del trabajador, aunque quizá de forma algo más directa, y con el mismo objetivo: esa percepción de uno mismo que, en este caso, hace referencia a una posible progresión o evolución positiva de la enfermedad, dolencia o lesión.
- ¿Has venido solo o acompañado? Otra pregunta cargada de muchas más implicaciones de las que parece: con ella se pretende conocer si el trabajador es independiente, autónomo...o, por el contrario, necesita ayuda para los actos más esenciales de la vida. Esto es determinante, no solo para recomendar o denegar la pensión, también para decidir en qué grado.
- ¿Cuál es tu puesto de trabajo? De nuevo estamos ante otra pregunta que parece destinada a romper el hielo, pero otra vez es un disfraz para obtener datos del puesto de trabajo, ya que ello puede determinar las opciones del trabajador de seguir desempeñando su actual trabajo.
- ¿Qué tareas llevabas a cabo en tu trabajo? La diferencia con la pregunta anterior es que trata de ser más profunda, más incisiva. El asunto es importantísimo, porque conocer las limitaciones de una persona en su actual puesto de trabajo permite también saber las que podría tener en otros puestos con funciones diferentes.