
El pistoletazo de salida hacia una nueva reforma laboral centrada en el despido se ha producido antes de lo esperado. Y no lo ha dado ni el Gobierno ni los sindicatos, ni mucho menos la patronal. Ni siquiera el Consejo de Europa. Ha sido el Tribunal Supremo el que ha obligado a acelerar la puesta en marcha de la maquinaria legislativa con una velocidad inesperada para el PSOE y Sumar. La clave está en la sentencia sobre despidos disciplinarios, que obliga a reformular el Estatuto de los Trabajadores por una vía que puede precipitar el choque definitivo entre los dos partidos que componen la coalición e incluso comprometer la viabilidad de la Legislatura conjunta.
Y es que esta resolución supone un cambio de paradigma en la forma de despedir en España que ha provocado un terremoto en empresas y despachos de abogados que trabajan para adaptarse a ella, a la espera de que el Ejecutivo mueva ficha y clarifique la regulación de los trámites de este tipo de ceses. Cuanto más tarde en hacerlo, más se disparará una incertidumbre jurídica que amenaza con lastrar incluso las contrataciones de indefinidos. Aunque los partidos en el Gobierno no estaban preparados para ello.
En su acuerdo de coalición, suscrito en noviembre de 2023, ambas formaciones fijaron dos grandes acuerdos en materia de empleo. El primero era claro: reducir la jornada a 37,5 horas en 2025, pero el segundo recibió una redacción mucho más ambigua: "establecer garantías para las personas trabajadoras frente al despido, dando cumplimiento a la Carta Social Europea y reforzando la causalidad en los supuestos de extinción de la relación laboral". Pero un año después nada se ha concretado de esto.
A nivel político, hay que tener en cuenta que Sumar depende mucho de las medidas laborales: Trabajo es el único ministerio que controlan con poder y competencias para impulsar reformas de verdadero calado en el electorado. El PSOE retiene la iniciativa en otras cuestiones delicadas y con rentabilidad en términos electorales, como las pensiones o la vivienda. De hecho, en los casi 700 apartados que componen la ponencia marco que llevaron a su último Congreso Federal la palabra despido no aparece ni una vez.
Para los de Yolanda Díaz, lo pactado en noviembre de 2023 significa 'destopar' por ley las indemnizaciones por cese improcedente (fijadas en 33 días por año con un límite de 24 mensualidades) para que se encarezcan en función de las circunstancias de cada trabajador, incluyendo sus posibilidades de encontrar empleo, así como endurecer los motivos que justifican legalmente el propio cese. Para los socialistas, parece que se trata de dejar las cosas casi como están permitiendo, en todo caso, que los jueces tengan mayor capacidad de resolver compensaciones adicionales al tope legal en función de cada caso.
Los socialistas temen que abrir esta cuestión resucite las presiones para recuperar la indemnización de 45 días por año con un máximo de 42 mensualidades, lo que implica derogar uno de los ejes de la reforma laboral de 2012. Algo que Bruselas, donde aún hay voces que consideran que España tiene un coste del despido demasiado alto, no vería con buenos ojos. Por ello, el acuerdo de legislatura no bastó para frenar el tenso tira y afloja entre fuerzas políticas, que, además, los sindicatos han llevado por su cuenta hasta Estrasburgo.
La solución de consenso a la que PSOE y Sumar llegaron fue aplazar la reforma del despido hasta que la reducción de jornada entrara en vigor. A pesar del fracaso de lograr un acuerdo que incluyera a la patronal, los socialistas siguen apostando por la medida como su gran hito laboral de Legislatura. Es más, en su Congreso acordaron dar un paso más y llegar en 2030 a las 36 horas, "la media que hoy tienen ya los países más avanzados de Europa". Hasta que no se cierre esto, y diga lo que diga Estrasburgo, el despido puede esperar. Pero el Tribunal Supremo ha dado al traste con esta estrategia y sus tiempos.
¿El fin del despido fácil?
El Alto Tribunal tiene pendiente definir este mes una jurisprudencia sobre las indemnizaciones adicionales por despido. Lo hará a partir de diversas sentencias en España que han declarado la pertinencia de una indemnización superior a los 33 días aplicando lo que dice el artículo 24 de la Carta Social Europea y el Convenio 158 de la OIT. La casuística de estas sentencias es variada y aunque cada vez más expertos auguran un fallo favorable: es decir, que aplicar estas indemnizaciones extra es válido, siempre en función de las circunstancias del trabajador. Y, sin embargo, este fallo llegará con retraso frente a la verdadera revolución.
Para entender lo que ocurre hay que detenerse un momento en las razones por las que el foco de la reforma se pone en el despido improcedente y no en los ceses por causas objetivas o ETOP (acrónimo de causas económicas, técnicas, de organización o productivas), con una compensación de 20 días por año trabajado. La clave es que el 54% de las bajas de afiliación por despido son disciplinarias, es decir, no tiene indemnización, pero un ingente porcentaje de esos casos la empresa acaba pagando los 33 días tras un proceso de conciliación o judicial.
¿Por qué? Porque es una forma 'fácil' de prescindir de un trabajador, es más rápida que justificar las causas 'objetivas' de un cese, y aunque acabe en juicio no es demasiado costosa, sobre todo cuando son trabajadores que llevan relativamente poco tiempo en la empresa, lo que apunta a los recién contratados tras la reforma laboral. Precisamente, los laboralistas han detectado un auge de demandas de trabajadores a los que el cómputo de los 33 días por año les da una indemnización demasiado exigua.
En este sentido, lo que pretende Díaz es disuadir estas prácticas encareciendo las indemnizaciones, es decir, el resultado final del proceso. Pero se puede decir que el Alto Tribunal le ha adelantado por la izquierda con una sentencia que complica los despidos disciplinarios al exigir un trámite de 'audiencia previa' para que el trabajador pueda defenderse, algo que la ley solo contempla para los representantes sindicales.
Esto explica el terremoto que la sentencia ha supuesto en los departamentos de recursos humanos y los despachos de abogados. El texto es complejo, pero deja claro dos cosas: la primera que el Supremo avala el control de 'convencionalidad', es decir, que los jueces se amparen en lo que dice la Carta Social Europea o los convenios de la OIT que España ha suscrito, si consideran que la legislación española no da cumplimiento. Algo que ocurría también en todas las sentencias que fijan indemnizaciones adicionales.
Una pinza laboral... y política
Pero no basta con reconocer esa posibilidad: el Supremo apunta que la normativa debería rectificarse para regular la audiencia previa y las consecuencias de no aplicarla, lo que los abogados reclaman ante una previsible avalancha de demandas de incierto resultado. Algunos empleadores avisan de que la incertidumbre sobre los resultados de un despido disciplinario puede frenar la contratación de nuevos indefinidos a un nivel que no han hecho las sentencias sobre indemnizaciones adicionales. De hecho, el goteo de sentencias con una indemnización superior a los 33 días no ha tenido efecto alguno en las estadísticas de despidos.
Esta reforma legal, sobre la que el Ejecutivo sigue sin pronunciarse, se tendrá que hacer falle lo que falle el Supremo sobre las indemnizaciones. Si el redactado de la sentencia es similar al de su predecesora (es decir, considera que hay que cambiar la legislación) el cambio legal actuará como una 'pinza' sobre el modelo de despido más frecuente en España, tanto en su origen (la audiencia previa) como su finalización (el abono de la indemnización).
En cualquier caso, el PSOE tendrá que lidiar con los planes de Díaz, que necesita garantizarse una medida de alto impacto para revitalizar su proyecto político, y la presión de otras fuerzas parlamentarios como Podemos, ERC o Bildu que han abogado explícitamente por volver a los 45 días. Ante este escenario, que Sumar rompa la coalición y fuerce un adelanto electoral es una posibilidad que no se descarta.
En este escenario, lo que queda desfasado es la estrategia seguida por los sindicatos para forzar la reforma del despido. UGT y CCOO presentaron dos demandas ante el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS). Con relación a la primera, este órgano decretó que España incumplía la Carta Social Europea al fijar un límite en las indemnizaciones que no es ni "disuasorio" ni compensa al trabajador por el daño causado. Sobre la segunda, aún sigue deliberando, aunque todo apunta a que irá en la misma línea.
El problema es que la interpretación del CEDS, que no es un órgano judicial, no es vinculante y España (como hicieron Francia, Finlandia o Italia ante resoluciones similares) puede rebatirla y defender que su legislación sí cumple la Carta. Un escenario que tampoco cambia la reciente resolución del Consejo de Europa (no confundir con el Consejo Europeo) recomendando a España revisar su legislación. Algo que tiene hacer, sí o sí, pero porque se lo dicen los jueces españoles.
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