Economía

Lo que ni Calviño ni Díaz nos contaron de la reforma de los subsidios por desempleo

  • El BOE aclara que el Gobierno no ha creado un 'nuevo' permiso de lactancia
  • Los parados de mayor duración se ven menos incentivados para aceptar trabajo 
  • Economía, Hacienda y Seguridad Social tutelarán la reforma de las prestaciones 
La vicepresidenta cuarta del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, la segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz y la primera y ministra de Economía, Comercio y Empresa, Nadia Calviño. Foto: EP

La letra pequeña de la reforma de los subsidios que finalmente ha aprobado el Consejo de Ministros encierra varias sorpresas que nunca se anunciaron en el cruce de propuestas, recetas y reproches que la vicepresidenta primera y ministra de Economía, Nadia Calviño, y la segunda y responsable de Trabajo, Yolanda Díaz, han protagonizado en las últimas semanas. Desde el permiso de lactancia, a una compatibilidad entre estas ayudas y el empleo y empleo mucho más limitada de lo prometido a un recorte en las futuras pensiones de los beneficiarios del subsidio de 52 años para poner coto a las prejubilaciones.

Como viene siendo habitual en cualquier normativa de corte laboral, la publicación en el Boletín Oficial del Estado es la prueba del algodón que distingue las promesas de los hechos. Cuando hablamos de una tan polémica como la presentada esto es más cierto que nunca. A ello se suma que el Ejecutivo ha aprovechado la fórmula del Real Decreto Ley para incluir cuestiones de otros ámbitos, a la prioridad de los convenios autonómicos sobre los estatales, que el PSOE prometió al PNV.

También incluye una ampliación de los permisos por lactancia. Aunque el cambio es reducido, ya que en realidad solo se modifica una frase, el impacto es relevante. La norma anterior establecía que las "personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses". Esto puede sustituirse por una "reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas".

Nada de esto cambia en el decreto, que tampoco habla en ningún momento de los 28 días a los que se refirió Díaz al presentar la medida. Esta cifra corresponde en realidad a la estimación del tope legal de acumulación de horas (aunque puede fluctuar en función de la duración de la jornada del trabajador o trabajadora).

Lo que ocurre es que la mayoría de los trabajadores no podían llegar a este límite, ya que la norma anterior señala que las condiciones podían modificarse "en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con la empresa". El decreto elimina esa frase y esta limitación, lo cual de facto extiende el tope de 28 días a todos los trabajadores, aunque no se trata exactamente de un permiso 'nuevo'.

Compatibles con empleo, pero no demasiado

Entrando en la materia principal del decreto, los subsidios, la compatibilidad entre empleo a tiempo parcial o completo y prestación asistencial ha sido una de las grandes novedades, subiendo a 180 días (seis meses) desde los 45 días que figuraba en los borradores iniciales, en línea con las propuestas sindicales. Pero aquí llega la letra pequeña.

En esos casos no se hablará de un subsidio, sino de un "complemento de apoyo al empleo" que podrá percibirse en una o varias relaciones laborales, pero cada trabajador solo podrá percibirlo durante un máximo de 180 días. Además, su cuantía se ajustará "al periodo trimestral durante el cual se realiza el trabajo, así como a la jornada trabajada en cada momento". Es decir, fluctúa en función del tiempo que se lleva cobrando el subsidio y según cuando se cobra el subsidio.

Pero aquí se introducen dos supuestos claros: los que empiecen a cobrar el subsidio ya trabajando en uno o varios contratos a tiempo parcial y los que accedan a él y luego consigan un empleo, en cuyo caso podrá ser a tiempo parcial pero también completo.

Esta es la clave que explica una de las aparentes contradicciones del esquema: modula o reduce más el subsidio para los contratos a tiempo parcial que para los contratos a tiempo completo. La idea es incentivar la empleabilidad de los parados que ser una fórmula para 'acompañar' contratos a tiempo parcial. Ni tampoco para que las empresas aprovechen para contratar con bajos salarios.

En cualquier caso, la eficacia de la medida es discutible precisamente porque la cuantía de este complemento no se reduce solo a lo largo de los dos trimestres de percepción, que sería lo lógico, sino también del tiempo que el desempleado se lleva cobrando un subsidio, lo que parece penalizar a los de muy larga duración.

Así, un parado que logre un contrato indefinido nada más empezar a cobrar el subsidio del 90% del IPREM (570 euros a niveles de 2023), lo verá transformarse en un complemento equivalente al 80% del IPREM (480 euros). Pero si lleva más de cinco trimestres en paro percibiendo el subsidio, que en su caso equivale al 80% del IPREM, percibirá como complemento solo un 20%, lo que equivale a 120 euros. La reducción es mucho mayor si tiene un contrato a tiempo parcial.

Es un enfoque difícil de entender (más allá del ahorro presupuestario) si lo que se pretende es reactivar a los más parados em mayor riesgo de exclusión del mercado laboral y este aumenta en función del tiempo en desempleo. Y, sobre todo, contradice otras medidas encaminadas a frenar las prejubilaciones.

Prejubilaciones y tutelaje

El Gobierno insiste en que no se ha tocado el subsidio para mayores de 52 años, y es cierto: se mantiene la cuantía de 480 euros. Pero los requisitos de control y supervisión se endurecen precisamente para evitar que estas ayudas, las únicas que se perciben sin límite de tiempo hasta la edad de poder jubilarse, se conviertan en parte del engranaje de las prejubilaciones en despidos colectivos. Uno de los cambios introducidos a última hora va en esta dirección.

Resulta que el subsidio de mayores de 52 años es también el único en el que el SEPE cotiza por el trabajador. Lo hace para para evitar un castigo excesivo en la pensión de estos desempleados al jubilarse. Lo que se introduce ahora es una rebaja gradual desde la situación actual en la que se cotiza por el 125% de la base mínima vigente en cada momento.

De esta forma, los perceptores del subsidio cotizarán por el 120% de la base mínima en 2024, por el 115% en 2025, por el 110% en 2026, por el 105% en 2027. Un efecto que penaliza la pensión de estas personas, aunque supone un desincentivo para los esquemas de ingeniería indemnizatoria que suponen las prejubilaciones.

Por su parte, las exigencias de actividad de los parados no registran grandes cambios respecto a lo ya anunciado. En la práctica, la redacción se adapta a los regulado en la Ley de Empleo, aunque una de las sorpresas de última hora es que se añade que los perceptores de prestaciones y subsidios tendrán la obligación de presentar cada año la Declaración de la Renta. Algo que hasta ahora se hace con los cruces automáticos con los datos de la Agencia Tributaria.

Pese al desenlace de la polémica no se puede decir que la guerra entre el ala socialista y el de Sumar haya concluido. El decreto introduce una disposición adicional que supone un auténtico tutelaje de la reforma presentada por Díaz.

Así, una vez transcurridos dos años desde la entrada en vigor del real decreto-ley, el Gobierno creará una "comisión interministerial" con el objetivo de evaluar los efectos de la reforma del nivel asistencial de desempleo contemplado en esta norma, "así como estudiar la armonización de las prestaciones económicas de naturaleza asistencial del sistema de la Seguridad Social".

Esta comisión estará integrada por cuatro ministerios: el Trabajo y Economía Social, de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de Economía, Comercio y Empresa y de Hacienda y Función Pública. ¿Cuál es el objeto? Pilotar el trasvase de los beneficiarios de subsidios, en especial del de mayores de 52 años, al Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Uno de los objetivos de Calviño que se ha quedado deslavazada en la norma, que solo recoge que el SEPE tramitará la petición de los parados que hayan agotado el subsidio y quieran solicitar el IMV. Aunque los socialistas no renuncian en absoluto a este objetivo.

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