Economía

Qué hacer para solicitar la devolución de 4.000 euros de Hacienda para jubilados

Foto: Getty.

Los jubilados que realizaron aportaciones a mutualidades laborales han pagado de más en las últimas declaraciones de la Renta. La razón es que la jurisprudencia ha declarado exentas en diferentes porcentajes las aportaciones que esas personas hicieron hace décadas.

Fue el Tribunal Supremo el que creó ese precedente en una sentencia de febrero de 2023, en la que estableció que las aportaciones realizadas a mutualidades estaban exentas al 100% hasta 1966 y exentas al 25% de 1967 a 1978.

Por esta razón, los jubilados tienen derecho a la devolución de la parte proporcional de la parte de la vida laboral en la que se realizaron esas cotizaciones, dado que en la base imposible del IRPF de la pensión que cobran actualmente estaría exento el 100% de lo que se aportó hasta 1966 y el 25% de lo que se aportó entre 1967 y 1978.

Eso sí, los jubilados solo podrán recuperar las cantidades referentes a los cuatro últimos ejercicios fiscales, dado que el resto de ejercicios ya han prescrito.

Cuánto dinero se puede reclamar a Hacienda

Tal y como explicaron desde Vento Abogados a elEconomista, la media de las devoluciones oscila entre los 3.000 y los 4.000 euros por los cuatro años que no han prescrito. Una cantidad que, no obstante, variará en función del contribuyente y sus circunstancias personales y familiares, las empresas en las que trabajó, el tiempo durante el cual realizó las aportaciones...

Cómo pedir las devoluciones por el IRPF en la página web de Hacienda

En todo caso, el contribuyente debe saber que Hacienda no devolverá este dinero de oficio, por lo que tendrá que pedírselo. Esto se puede hacer a través de una solicitud de rectificación, que se puede hacer desde la página web de la Agencia Tributaria.

El contribuyente necesitará hacer el trámite con un certificado digital (así puede conseguirlo), Cl@ve PIN (esta es la forma de obtenerlo) o el número de la casilla 505 de la declaración de la Renta del ejercicio anterior.

Según informó en su momento la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), hay que hacer la solicitud de rectificación de todas las declaraciones que se necesiten (en este caso, serían las cuatro últimas) y en ellas habría que modificar el dato referente a los ingresos procedentes de la pensión.

En primer lugar, habría que calcular qué porcentaje de ingresos pertenecen a los años en los que se cotizó en la mutualidad y, después, habría que restar un 25% de esa parte de ingresos que constituyen la base imponible y por los que ya se tributó en su momento.

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