
A quién no se le ha pasado alguna vez por la cabeza la idea de dejar de trabajar de forma prematura. Una idea muy atractiva que, lógicamente, no todo el mundo puede hacer realidad, ni siquiera las personas que se encuentren cerca de la edad ordinaria de jubilación. De hecho, solo muy determinadas personas pueden adelantar su jubilación, siempre que se encuentren en casos muy concretos.
Una de las posibilidades, aunque parezca mentira, es la de jubilarse de forma anticipada después de sufrir un despido en su empresa. Eso sí, para poder hacerlo el trabajador ha de encontrarse en situaciones muy concretas y cumplir determinados requisitos ya que, de lo contrario, tendrá que esperar a la jubilación ordinaria.
Solo será posible acogiéndose a la jubilación anticipada involuntaria, modalidad que permite adelantos de hasta cuatro años respecto a la edad ordinaria de jubilación en casos derivados de ceses no voluntarios en el trabajo. Este cese, sin embargo, debe proceder de alguna de las siguientes situaciones:
-Un despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
-Un despido por causas objetivas.
-Un despido por causas de fuerza mayor avaladas por la autoridad laboral.
-Una extinción de contrato unilateral por parte del trabajador en el caso de modificación sustancial de las condiciones laborales, traslados geográficos o incumplimientos graves del empresario.
-Una extinción de contrato en virtud de una resolución judicial dentro de un proceso contemplado en la Ley Concursal.
-Una extinción de contrato por muerte, incapacidad o jubilación del empresario individual o por extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
-Una extinción de contrato por razones de violencia de género.
Requisitos para jubilarse de forma anticipada tras un despido
Para poder acogerse a esta jubilación anticipada es necesario que el trabajador haya acumulado al menos 33 años de cotización, de los cuales dos deben darse entre los 15 años previos. Para el cómputo de 33 años podrá servirse de hasta un año procedente de la 'mili', servicio femenino obligatorio o prestación social sustitutoria.
Además, se obliga al trabajador estar inscrito como demandante de empleo al menos seis meses antes de la solicitud de la jubilación anticipada: así puede inscribirse como demandante de empleo de forma sencilla.
Desde qué edad te puedes jubilar de forma anticipada tras un despido
Debido a que la jubilación anticipada involuntaria permite cuatro años de adelanto máximo, solo podrán acogerse a esta jubilación las personas de 62 años y cuatro meses (en el caso de cotizaciones de menos de 37 años y nueve meses) o de 61 años (en el caso de cotizaciones de 37 años y nueve meses o más).
La razón es que la edad de jubilación ordinaria en España depende de la cotización. En 2023 el límite de cotización es de 37 años y nueve meses: si se llega a ese nivel cotizado la edad de jubilación es de 65 años y si no se llega la edad de jubilación es de 66 años y cuatro meses.
La cuantía de la pensión si te jubilas de forma anticipada tras un despido
Todas las personas que se jubilen de forma anticipada tienen que asumir recortes en la pensión de jubilación. Es la forma con la que el sistema de pensiones compensa la ausencia prematura del trabajador y sus cotizaciones a la Seguridad Social. Estos recortes se hacen a través de coeficientes que se aplican a la pensión a la que tiene derecho, por lo que el primer paso para conocer el importe final de la pensión es conocer ese valor.
El método de cálculo de las pensiones de la Seguridad Social tiene en cuenta las bases de cotización de los 25 años previos a la jubilación (300 bases) y las divide entre 350 para obtener la base reguladora. En ese cálculo la Seguridad Social aplica coeficientes a todas las bases salvo las de los dos últimos años para reflejar el efecto de la inflación y se permite la integración de lagunas para rellenar con bases ficticias de entre el 100% y el 50% de la base mínima los periodos sin cotizar, aunque no es válido para autónomos o empleadas del hogar.
El porcentaje de esa base reguladora al que se tiene derecho depende de los años cotizados por el trabajador. Con el mínimo exigible de 15 años se consigue un 50% y a partir de ahí:
-Por cada uno de los siguientes 49 meses se garantiza un 0,21% extra de la base reguladora.
-Por cada uno de los siguientes 209 meses se garantiza un 0,19% extra de la base reguladora.
Los recortes en la pensión si te jubilas de forma anticipada tras un despido
Una vez que se haya calculado el importe de la pensión habrá que proceder a la aplicación de los coeficientes reductores. Estos coeficientes se recogen en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre (se puede consultar en este enlace del Boletín Oficial del Estado), son mensuales y dependen del adelanto de la jubilación y de los años cotizados por el trabajador:
-Trabajadores con menos de 38 años y seis meses cotizados: las reducciones van del 30% al 0,63% de la pensión.
-Trabajadores de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses cotizados: las reducciones van del 28% al 0,58% de la pensión.
-Trabajadores de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados: las reducciones van del 26% al 0,54% de la pensión.
-Trabajadores de más de 44 años y seis meses cotizados: las reducciones van del 24% al 0,50% de la pensión.