Economía

Cuánto tarda la Seguridad Social en conceder una pensión de incapacidad permanente

Foto: Dreamstime.

Las pensiones de incapacidad permanente siempre guardan una serie de diferencias con sus hermanas contributivas (las de jubilación y las de viudedad) debido a la naturaleza de las mismas y las situaciones en las que cubren a sus beneficiarios, más de 900.000 personas en nuestro país.

Todos los ciudadanos que han recibido una pensión de incapacidad permanente (y también los que la pidan en el futuro) han tenido que pasar por una serie de pasos que forman parte de un proceso, el de concesión de la pensión, que puede durar bastante más que en el caso de las pensiones de viudedad o jubilación.

De acuerdo con la página web de la Seguridad Social, el plazo de resolución de una pensión de incapacidad permanente es de 135 días hábiles a contar desde la llegada de la solicitud a manos del organismo. Por lo tanto, la Seguridad Social tiene varios meses para decidir si concede o deniega una pensión de incapacidad permanente.

Este periodo es muy superior al de las pensiones de jubilación y viudedad, que tienen un plazo máximo de 90 días (y que tienen periodos medios mucho menores, de 19 y 13 días, respectivamente), dado que la concesión o denegación de la pensión de incapacidad permanente tiene en cuenta factores mucho más complicados de medir.

Así, mientras que en las pensiones de jubilación o viudedad se cuentan solo hechos causantes como la llegada a la edad de jubilación o un fallecimiento (además de un nivel fácilmente comprobable de cotizaciones) en el caso de la incapacidad permanente es necesario dilucidar los efectos de una enfermedad, dolencia o lesión y sus implicaciones en la vida laboral o cotidiana del trabajador.

Las fases de un proceso de solicitud de pensión de incapacidad permanente

Este proceso se compone de varias fases. La primera de ellas es, lógicamente, la solicitud de la pensión de incapacidad permanente por parte del trabajador. Es ahí donde todo comienza: la Seguridad Social pone a disposición de los ciudadanos este enlace de su página web con el formulario de solicitud y una plataforma de solicitud de pensión.

Aunque lo habitual es que sea el propio trabajador el que pida la pensión de incapacidad permanente y, por lo tanto, comience el proceso, otros actores pueden proponer la apertura del expediente (la Seguridad Social, la Inspección de Trabajo, los servicios de salud...).

La Seguridad Social puede solicitar al ciudadano que ha enviado la solicitud información adicional que faltase en ese primer formulario. El solicitante tiene un plazo de 10 días adicionales para facilitar esos datos que le pide el organismo.

El siguiente paso es, con seguridad, el que más debate genera de todo el proceso: la visita al tribunal médico. Aunque los trabajadores acuden con temor a esta visita, deben saber que los miembros del Equipo de Valoración de Incapacidades solo buscan conocer el alcance exacto de la enfermedad, lesión o dolencia en la vida diaria y laboral del trabajador para recomendar la denegación o concesión de la pensión (y en ese caso su grado).

El último paso recae en la dirección provincial de la Seguridad Social, el actor encargado de tomar una decisión. Usando los informes del tribunal médico (que no son vinculantes a pesar de su trascendencia), el organismo decidirá si concede o deniega la pensión de incapacidad permanente.

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