Economía

Así elige el tribunal médico el grado de una pensión de incapacidad permanente

  • El tribunal se lo recomienda a la Seguridad Social, que toma la decisión
  • Es una cuestión casi tan clave como la concesión de la propia pensión
  • Del grado depende el tipo de pago, la compatibilidad con un trabajo...
Foto: Dreamstime.

En el proceso de solicitud de una pensión de incapacidad permanente hay una sola variable que es casi tan importante como la concesión o denegación de la pensión: el grado en el que se concede, en caso afirmativo, la propia pensión que recibirá el trabajador.

La encargada de tomar esa decisión, al igual que con la concesión de la pensión, es la dirección provincial de la Seguridad Social correspondiente. Pero en esa decisión tiene una gran importancia la opinión previa del tribunal médico, el nombre con el que se conoce al Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).

La visita al tribunal médico es el trámite más temido por los solicitantes de una pensión de incapacidad porque se le relaciona con un examen en el que el trabajador pasa a ser interrogado e incluso cuestionado por los miembros del tribunal. En definitiva, la imagen que la ciudadanía tiene de él es la de un grupo de expertos que pone al solicitante al límite en su afán por descubrirle en algún 'renuncio'.

Pero nada más lejos de la realidad: esa actitud que muchos solicitantes pueden percibir intimidante responde solo a la misión última del tribunal, que es la de garantizar que la pensión recaiga solamente en las personas que realmente la necesitan y que cubran su función protectora.

Es por eso que, además de recomendar la concesión o denegación de una pensión, también eleven una recomendación sobre el grado de la pensión de incapacidad permanente en el caso de que se considere que el ciudadano que la ha solicitado tiene derecho a ella.

La recomendación del grado de una pensión de incapacidad permanente es trascendental para los trabajadores. De ese grado depende la posibilidad de tener pensión o un pago único (es el caso de la incapacidad permanente parcial), de combinar o no el cobro de la pensión con un trabajo (puede hacerse con el grado total) o de conseguir un porcentaje extra para el pago a terceras personas que son necesarias para los actos cotidianos de la vida (sucede con la gran invalidez).

Los criterios para elegir el grado de una incapacidad permanente

El bufete Campmany Abogados, especializado en expedientes de incapacidad permanente, explica en su página web que el tribunal médico tiene en cuenta hasta cuatro factores distintos a la hora de recomendar a la Seguridad Social el grado de la pensión:

-La influencia de la enfermedad en la vida laboral y cotidiana del trabajador. Aquí se valora si le incapacita para su trabajo, si le obliga a necesitar ayuda de terceras personas para los actos esenciales de la vida...

-El cuadro clínico del trabajador al completo. Es decir, si al margen de la enfermedad que ha provocado la petición de la pensión existen otras dolencias o lesiones que pueden empeorar la condición del trabajador y causarle un impacto mayor que en otros casos.

-Las posibilidades de mejora del trabajador, ya que en el caso de existan opciones de recuperación el grado concedido puede ser menor o se realizarán diferentes revisiones al trabajador con el paso de los meses o años.

-Otros criterios de tipo orientativo como pueden ser historiales médicos, antecedentes de casos parecidos al que se estudia en ese momento, el antiguo reglamento de accidentes de trabajo...

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