Economía

Por qué la reforma de las pensiones no te hará pagar más impuestos: así te afectará desde 2024

  • No hay que confundir dos términos completamente diferentes
  • Los cambios afectarán a los trabajadores de diversas maneras
Foto: Dreamstime.

El Gobierno ha logrado encaminar la última pata de la reforma del sistema de pensiones, la que ha modificado el número de años a tener en cuenta para el cálculo de las prestaciones y ha previsto aumentos en las pensiones mínimas y no contributivas e incrementos en las pensiones máximas, así como el destope de las bases de cotización.

El objetivo de esta reforma, exigida por Bruselas como parte de los compromisos adquiridos con la Unión Europea para la llegada de los fondos europeos post-covid, es asegurar la sostenibilidad de un sistema, el de pensiones, que se verá sometido a un gran esfuerzo en los próximos años debido a las jubilaciones de los trabajadores de la generación del 'baby boom'.

Para asegurar la sostenibilidad del sistema de pensiones se pretende aumentar de forma considerable el nivel de ingresos de la Seguridad Social. Estos ingresos llegan a través de las cotizaciones de los trabajadores, que en su vida laboral realizan aportaciones que se destinan de forma directa a las arcas de la Seguridad Social para financiar el abono de las pensiones.

No se trata, en todo caso, de una aportación a una hucha personal del trabajador. Es decir, la persona que cotiza no 'paga' con sus cotizaciones su propia pensión (aunque de esas cotizaciones dependa posteriormente la cuantía de su prestación), simplemente realiza una contribución a un sistema que sufraga las pensiones del resto de ciudadanos, de igual forma que cuando pase a cobrar una pensión la recibirá gracias a esas aportaciones de todos los trabajadores.

Por qué la reforma de las pensiones no te sube los impuestos

Estas cotizaciones suponen un 'coste' en la nómina de los trabajadores porque reducen su salario bruto, pero no deben confundirse con impuestos. Un aumento en las cotizaciones no es un aumento en los impuestos y, por lo tanto, la última pata de la reforma de las pensiones no implica una subida en los tributos.

Un simple vistazo a la nómina del trabajador saca de dudas a las personas que tienen esa confusión: las cotizaciones a la Seguridad Social (en conceptos como las contingencias comunes y profesionales, desempleo y FOGASA) van al margen de la tributación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el IRPF. Y, de hecho, la base de cotización del trabajador no tiene por qué ser de igual valor a la base del IRPF.

El uso que el Estado hace de esos recursos, además, es completamente diferente. Mientras que las cotizaciones se destinan a financiar el sistema de la Seguridad Social, los impuestos tienen una aplicación mucho más líquida, ya que se pueden destinar a todo tipo de causas de entre todas las que el Estado tiene pendientes para sufragar necesidades de orden público (sanidad, educación...).

Así, mientras que las cotizaciones tienen una naturaleza más 'directa' (ya que se vinculan de forma íntima a la financiación del sistema de la Seguridad Social), los impuestos tienen una naturaleza más colectiva, ya que se destinan a diversas finalidades, diferentes de las aportaciones de las cotizaciones.

Así te va a afectar la última pata de la reforma de las pensiones desde 2024

Los efectos de la reforma se dejarán sentir pronto, aunque siempre de forma progresiva, en periodos transitorios que van realizando los cambios de forma gradual, año tras año. Y no serán iguales para todos los trabajadores, dado que el impacto dependerá del nivel salarial (y, por lo tanto, de sus bases de cotización) de los mismos.

-El Mecanismo de Equidad Intergeneracional que ha aumentado las cotizaciones por contingencias comunes en un 0,6% aumentará, a partir de 2024 y hasta 2029, una décima por año para que en ese 2029 sea de un 1,2% extra en las cotizaciones. El reparto será de un 1% para la aportación empresarial y de un 0,2% en la aportación de los trabajadores.

-Se destopan las bases máximas de cotización, es decir, se amplían las bases máximas de cotización para que los trabajadores con sueldos altos coticen por más sueldo. Este destope se hará desde 2024 a 2050: será de un porcentaje que sumará el IPC (Índice de Precios al Consumo) anual más un 1,2% fijo anual.

-Aumentan las pensiones máximas, las que reciben los trabajadores con sueldos altos a lo largo de su carrera. La subida será también desde 2024 y hasta 2050, con el IPC anual más un 0,115% fijo por año. En este sentido, sí se puede decir que aumentará la tributación de los trabajadores por esos incrementos en el cobro de la pensión, que se considera una renta del trabajo a ojos de Hacienda. Un aumento de la tributación que no se vincula de forma directa, eso sí, a la segunda pata de la 'reforma Escrivá', dado que es una consecuencia de la aplicación de la Ley del IRPF.

-Se establece una cuota de solidaridad para la parte de los salarios que no cotiza, es decir, la que queda por encima de la base máxima de cotización. Esta cuota se empezará a aplicar en 2025, siendo de un 1% y aumentando un 0,25% por año hasta llegar a un 6% en 2045.

-Subirán las pensiones mínimas para que a partir de 2024 y hasta 2027 alcancen el 60% de la renta mediana para un hogar compuesto por dos adultos. Como sucede con las pensiones máximas, los aumentos implicarán incrementos en la cotización que no están vinculados de forma directa a la reforma de las pensiones.

-Subirán las pensiones no contributivas en el periodo 204-2027 para que alcancen el 75% del umbral de la pobreza contemplado para una hogar unipersonal. Pasa lo mismo que con las pensiones máximas y mínimas: cualquier aumento en estas prestaciones conlleva de forma automática y no relacionada con la reforma el pago de IRPF por ese incremento.

-El complemento para reducir la brecha de género en las pensiones se incrementará en un 10% adicional a la subida por el IPC durante los años 2024 y 2025.

Cambios en el número de años a tener en cuenta para la pensión

En paralelo a estos cambios relacionados con el pago de las cotizaciones o el cobro de las pensiones, se incluyen dos modificaciones referentes al cómputo de los años que se tienen en cuenta para calcular la cuantía de las pensiones de jubilación:

-Se permitirá elegir entre los últimos 25 años o los últimos 29 quitando los 24 peores meses (dos años) de cotización. La Seguridad Social aplicará la fórmula más beneficiosa de ambas, aunque el trabajador tiene libertad para elegir.

Esta dualidad se hará a razón de cuatro meses por año desde 2027 a 2038, y será hasta 2044 cuando se pueda elegir, ya que en ese año será obligatorio el cómputo de 29 años para la base reguladora, pudiendo descartar 24 mensualidades.

-Se mejora la integración de lagunas para las mujeres, que seguirán completando con el 100% de la base mínima los periodos sin cotizar del mes 49 al 60 (el quinto año) y con el 80% entre los meses 61 y 84 (del quinto al séptimo). Ahora solo se puede rellenar con el 100% hasta el cuarto año y con el 50% a partir de ahí.

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