El nuevo sistema de cotización por tramos de ingresos reales entrará en vigor en tan solo unas semanas con la llegada de 2023. Para esa fecha los autónomos tendrán que conocer de forma clara cómo serán sus cotizaciones a la Seguridad Social, una de sus principales obligaciones como profesionales por cuenta propia.
Es por eso que el propio organismo ha centrado buena parte de sus esfuerzos a través de los canales oficiales para explicar cuáles serán las novedades y procedimientos del nuevo sistema de cotizaciones. De hecho, en su perfil de información de la red social Twitter ha explicado que estos días va a enviar comunicaciones a los autónomos.
En concreto, los profesionales que no hayan comunicado su número de teléfono móvil a la Tesorería General de la Seguridad Social recibirán en su domicilio una carta del organismo con información sobre el nuevo sistema de cotización.
En esta misiva tendrán datos sobre las bases de cotización y sus variaciones a lo largo del año, los cambios en las cotizaciones y en otros aspectos de vital importancia para los autónomos como la modificación de la tarifa plana o la mejora en la protección por cese de actividad.
En el caso de que el autónomo sí haya comunicado a la Tesorería General de la Seguridad Social su número de teléfono móvil, el método cambia porque le llegará al autónomo un SMS a ese teléfono con un enlace directo a una página de información de la Seguridad Social en la que se explican todos los cambios e incluso de puede acceder a la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado.
Cómo comunicar el número de móvil a la Seguridad Social
Si el autónomo prefiere esta modalidad de comunicación con la Seguridad Social deberá, por lo tanto, informar al organismo de ese número de teléfono móvil para que las siguientes notificaciones puedan llegarle vía SMS en lugar de por la tradicional carta. Para hacerlo tiene dos opciones:
-Si posee un certificado digital (así puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), DNI electrónico o Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente), puede hacerlo en la sección de datos personales de Import@ss, la plataforma online de trámites de la Seguridad Social.
-De lo contrario, puede hacerlo cumplimentando el modelo TA.1 de 'comunicación y variación de datos de contacto/domicilio' y enviárselo a la Seguridad Social en el servicio 'Enviar una solicitud' de Import@ss. En este enlace aparecen los accesos directos a los formularios y los datos que hay que indicar para llevar a cabo el trámite con éxito.
Así funciona el sistema de cotización por tramos de ingresos
A partir del 1 de enero de 2023 los más de 3,3 millones de trabajadores autónomos tendrán que aprenderse bien el nuevo sistema de cotización por tramos de ingresos reales. La idea de este sistema es reflejar de forma fiel la base de cotización de estos profesionales por cuenta propia para que sus cotizaciones se ajusten realmente a sus ingresos.
Así, se contemplan 15 tramos de ingresos y por cada uno de ellos se contemplan a su vez bases mínimas y máximas de cotización entre las cuales el autónomo puede elegir una. Estos profesionales tendrán seis cambios disponibles a lo largo del año en el caso de que sus ingresos se vean modificados de forma inesperada.
Para calcular cuáles son los ingresos reales el autónomo tendrá que sumar todos sus ingresos y restarles sus gastos previstos. La normativa permite una deducción del 7% por gastos derivados de la actividad (solo es de un 3% en el caso de autónomos societarios). En función de la cantidad resultante el autónomo tendrá que encuadrarse en alguno de los siguientes tramos, que a su vez implican bases mínimas y máximas de cotización:
-Ingresos de 670 euros mensuales o inferiores: la base mínima será de 751,63 euros mensuales y la base máxima de 849,66 euros mensuales.
-Ingresos de entre 671 y 900 euros mensuales: la base mínima será de 849,67 euros mensuales y la base máxima de 900 euros mensuales.
-Ingresos de entre 900,01 y 1.166,69 euros mensuales: la base mímima será de 898,69 euros mensuales y la base máxima será de 1.166,70 euros mensuales.
-Ingresos de entre 1.166,70 y 1.300 euros mensuales: la base mínima será de 950,98 euros mensuales y la base máxima será de 1.300 euros mensuales.
-Ingresos de entre 1.300,01 y 1.500 euros mensuales: la base mínima será de 960,78 euros mensuales y la base máxima será de 1.500 euros mensuales.
-Ingresos de entre 1.500,01 y 1.700 euros mensuales: la base mínima será de 960,78 euros mensuales y la base máxima será de 1.700 euros mensuales.
-Ingresos de entre 1.700,01 y 1.850 euros mensuales: la base mínima será de 1.013,07 euros mensuales y la base máxima será de 1.850 euros mensuales.
-Ingresos de entre 1.850,01 y 2.030 euros mensuales: la base mínima será de 1.029,41 euros mensuales y la base máxima será de 2.030 euros mensuales.
-Ingresos de entre 2.030,01 y 2.330 euros mensuales: la base mínima será de 1.045,75 euros mensuales y la base máxima será de 2.330 euros mensuales.
-Ingresos de entre 2.330,01 y 2.760 euros mensuales: la base mínima será de 1.078,43 euros mensuales y la base máxima será de 2.760 euros mensuales.
-Ingresos de entre 2.760,01 y 3.190 euros mensuales: la base mínima será de 1.143,79 euros mensuales y la base máxima será de 3.190 euros mensuales.
-Ingresos de entre 3.190,01 y 3.620 euros mensuales: la base mínima será de 1.209,15 euros mensuales y la base máxima será de 3.620 euros mensuales.
-Ingresos de entre 3.620,01 y 4.050 euros mensuales: la base mínima será de 1.274,51 euros mensuales y la base máxima de 4.050 euros mensuales.
-Ingresos de entre 4.050,01 y 6.000 euros mensuales: la base mínima será de de 1.372,55 euros mensuales y la base máxima será de 4.139,40 euros mensuales.
-Ingresos superiores a 6.000 euros mensuales: la base mínima será de 1.633,99 euros mensuales y la base máxima de 4.139,40 euros mensuales.
Las cuotas de los autónomos en 2023
A estas bases de cotización se les aplicarán las respectivas cuotas de la misma forma que se hace en la actualidad. El principal cambio para 2023 es que entrará en vigor el aumento de la cotización por contingencias comunes que se aprobó a finales de 2021 para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones por las jubilaciones de los trabajadores de la generación del 'baby boom'.
-La cuota por contingencias comunes será de un 28,9% de la base de cotización.
-La cuota por contingencias profesionales será de un 1,3% de la base de cotización.
-La cuota por cese de actividad será de un 0,9% de la base de cotización.
-La cuota por formación profesional será de un 0,1% de la base de cotización.