Economía

El SEPE avisa: este es el requisito imprescindible para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

  • Obliga a sus beneficiarios a presentar cada año una declaración de rentas
  • Se puede hacer por los canales online habituales o en una oficina del SEPE
Foto: EP.

682.000 personas cobran en España un subsidio por desempleo (datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social), pero dentro de esta amplia galería de ayudas asistenciales existen diferencias. Uno de los grandes subsidios es el de las personas mayores de 52 años, que por sus características es uno de los más peculiares.

Se abona a personas cercanas a la edad de jubilación (de hecho, están obligados a tener derecho a esa pensión para poder cobrarlo) y se les presuponen mayores dificultades para acceder de nuevo al mercado laboral una vez han perdido su trabajo. Por eso se les proporciona una cobertura más profunda que a otros colectivos de trabajadores en cuestión de atractivo para el mercado.

Pero, con todo, a estas personas también se les exigen requisitos de obligado cumplimiento. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) insiste en ellas de forma periódica a través de sus canales oficiales. De hecho, el organismo ha advertido en su perfil de la red social Twitter que los ciudadanos que deseen cobrar el subsidio para mayores de 52 años han de realizar de forma anual un trámite muy específico.

"Los beneficiarios del subsidio de mayores 52 años deberán presentar cada año una declaración de rentas", avisa el organismo, que también informa de que, en el caso necesario, esta declaración de rentas debe ir acompañada de la documentación que la justifique.

La declaración anual de rentas en el formulario de pre-solicitud

Recientemente, el SEPE ha habilitado la opción de entregar esta declaración anual de rentas a través del formulario de pre-solicitud de prestación individual. Esto evita al ciudadano la necesidad de contar con métodos de acceso telemáticos: solo necesita una conexión a internet y un dispositivo desde el que entrar.

El funcionamiento es sencillo: ingresando en este enlace de la página web del SEPE el ciudadano ha de introducir su DNI o NIE y elegir la opción 'Pre-Solicitud de prestación individual'. El sistema le llevará a una nueva pantalla en la que tendrá que seleccionarse el subtrámite 'Declaración Anual de rentas subsidio para mayores de 52 años'. Después, tendrá que rellenar todos los campos correspondientes a su información personal y de contacto.

La declaración anual de rentas en la Sede Electrónica del SEPE

Otra forma de hacer el trámite es a través de la Sede Electrónica del SEPE mediante el servicio 'Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52 años', disponible en este enlace. Este servicio, pese a prestarse de forma online, solo está disponible en horario de 8 a 20 horas, de lunes a viernes. Es una forma válida para las personas que no hayan incumplido el requisito de rentas en ningún mes previo.

Para poder entregar la declaración anual de rentas es necesario contar con un certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), un DNI electrónico o Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o Cl@ve permanente).

La declaración anual de rentas de forma presencial

Existe una tercera vía para presentar la declaración anual de rentas que es válida para las personas que en algún mes incumplieron el requisito de rentas y para las que no tengan certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Todas ellas podrán presentar la declaración de forma presencial en una oficina del SEPE, aunque para ello es indispensable pedir cita previa.

El SEPE da dos opciones para conseguir cita previa: a través de la Sede Electrónica (pero sin método telemáticos de acceso) o llamando al teléfono 91 926 79 70, de atención 24 horas. En esta guía detallada se explica cómo conseguir la cita previa en cualquiera de los dos casos.

El plazo para presentar la declaración anual de rentas

El SEPE explica en su página web que hay un plazo concreto para entregar la declaración anual de rentas. El organismo informa de que debe presentarse "cuando transcurran doce nuevos meses desde el nacimiento del derecho al subsidio, o cada vez que transcurran doce nuevos meses desde la última reanudación".

En concreto, prosigue el SEPE, hay que proceder a la entrega de la declaración dentro de los 15 días hábiles siguientes a esa fecha indicada. O lo que es lo mismo, el ciudadano tendrá unas tres semanas para realizar el trámite. De lo contrario, perderá el derecho a cobrar el subsidio al menos hasta que cumpla con la entrega de la declaración.

El resto de requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

Aunque el de la declaración anual de rentas es quizá uno de los más peculiares, lo cierto es que las personas que deseen percibir el subsidio para mayores de 52 años deben cumplir muchos más requisitos. El SEPE los recoge en su página web y son los siguientes:

-Tener al menos 52 años de edad en el momento en que se produzca el hecho causante: agotar el paro o subsidio por desempleo, acabar en un trabajo sin cotizar lo suficiente para el paro, retornar de prisión, retornar del extranjero sin derecho a prestaciones o mejorar de una incapacidad permanente.

-Estar en situación de desempleo.

-Estar inscrito como demandante de empleo (puede hacerse de forma sencilla siguiendo estos pasos) y suscribir el compromiso de actividad con el SEPE.

-Tener derecho a una pensión contributiva de jubilación salvo por el requisito de la edad.

-No tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional. Si existen más personas en la unidad familiar se tienen en cuenta todos los ingresos de la misma y se dividen entre el número de miembros.

Duración y cuantía del subsidio para mayores de 52 años

La duración de este subsidio es una de las particularidades que le caracteriza, ya que a diferencia de otros subsidios se puede cobrar de forma ininterrumpida (si el ciudadano no encuentra un nuevo trabajo) hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.

Lo que no varía es la cuantía del subsidio, que al igual que el resto de subsidios por desempleo es del 80% del IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Esto deja la cuantía del subsidio para 2022 en 463,21 euros mensuales.

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