Economía

El aviso del SEPE: este es el requisito obligatorio para cobrar el subsidio para mayores de 52 años

  • La declaración anual de rentas se ha de entregar todos los años
  • No hacerlo significa perder el cobro de la prestación y la cotización
Foto: EP.

Todas las prestaciones por desempleo, ya sean contributivas o de nivel asistencia, obligan a sus beneficiarios al cumplimiento de una serie de requisitos que no solo hay que acreditar en el momento de acceso a la prestación, si no también durante el periodo de tiempo de cobro de la misma. A esto no escapa uno de los subsidios más destacados, el subsidio para mayores de 52 años.

El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) ha explicado en su perfil de la red social Twitter de que los beneficiarios de este subsidio no pueden olvidarse de entregar cada año al organismo su declaración anual de rentas "acompañada de la documentación que las justifique".

Esta declaración anual de rentas sirve al beneficiario para acreditar que cumple con el requisito del nivel de ingresos. Entre los requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años se encuentra la de tener ingresos que no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional. Esta cantidad en la actualidad es de 750 euros, aunque podría subir tras la negociación para el aumento del SMI.

La cantidad límite es a título individual, pero si el beneficiario convive con varias personas en la misma unidad familiar también se tienen en cuenta sus ingresos. En concreto, se sumarán todas las rentas de la unidad familiar y se dividirán entre el número de miembros de la misma.

Esta declaración anual de rentas, que se debe adjuntar en la petición del subsidio cuando se solicita por primera vez, se ha de entregar de nuevo de manera anual para acreditar al SEPE que se sigue cumpliendo el requisito de ingresos por debajo del 75% del SMI. Pero, ¿en qué momento hay que hacerlo? El SEPE explica en su página web que "cuando transcurran doce nuevos meses desde el nacimiento del derecho al subsidio, o cada vez que transcurran doce nuevos meses desde la última reanudación".

En el momento en que se cumpla ese ciclo anual, el beneficiario del subsidio ha de presentar la declaración anual de rentas durante los siguientes 15 días hábiles. Si no lo hace, advierte el SEPE, "se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización".

Cómo entregar al SEPE la declaración anual de rentas

El beneficiario de un subsidio para mayores de 52 años tiene varias opciones de presentar la declaración anual de rentas. Todo dependerá de si el beneficiario ha superado en algún mes del año ese requisito del 75% del SMI:

-Si no ha superado ningún mes el 75% del SMI puede hacerlo de forma online en la Sede Electrónica del SEPE usando el servicio 'Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 52 años', disponible en este enlace. Para ello necesitará un certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), DNI electrónico o Cl@ve (así puede registrarse para conseguir Cl@ve PIN o permanente).

Además, sin necesidad de certificado digital o Cl@ve se puede entregar la declaración anual de rentas con el formulario de pre-solicitud, disponible en este enlace. Para ello debe elegir el trámite 'Pre-Solicitud de prestación individual', el subtrámite 'Declaración anual de rentas subsidio mayores de 52 años' y después introducir la información personal que le pida el SEPE.

-Si el beneficiario ha incumplido en algún mes el límite del 75% del SMI tendrá que hacer el trámite en las oficinas del SEPE. Para ello es indispensable pedir cita previa: puede conseguirla en la Sede Electrónica del SEPE (en este enlace) o llamando al teléfono 91 926 79 70, de atención 24 horas. En esta guía detallada tiene toda la información necesaria para pedir cita previa.

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