Economía

Estos son los casos en los que el SEPE te puede quitar el paro

  • El organismo vigila que la prestación se conceda de forma correcta
  • Puede extinguir la prestación de forma definitiva o por varios meses
Foto: EP.

Aunque para cobrar el paro hay que cumplir una serie de requisitos de forma previa, para mantener el cobro de esta prestación contributiva por desempleo no solo hay que seguir cumpliéndolos, también que evitar incurrir en cualquiera de las infracciones que provocan la pérdida inmediata del paro.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explica en su página web cuáles son las situaciones en las que se procede a la extinción de la prestación contributiva por desempleo. Algunas obedecen a la lógica, ya que responden a circunstancias en las que, o bien el ciudadano se garantiza otros ingresos, o bien está incapacitado por causas mayores para percibir el paro.

Entre ellos se encuentra el fallecimiento del trabajador, el agotamiento de la duración de la prestación o la renuncia voluntaria de la persona. También la jubilación y el paso al cobro de una pensión, el cobro de una pensión de incapacidad permanente y el desarrollo de un trabajo por cuenta ajena por un periodo superior a 360 días o por cuenta propia si es por un periodo de al menos 60 meses.

También se extingue el derecho al paro cuando una persona viaja al extranjero para trasladar su residencia y cuando reúne todos los requisitos necesarios para cobrar una pensión de jubilación. El último supuesto en el que se procede a la extinción sí es más conflictivo: cuando se imponen al beneficiario sanciones por infracciones en materia de desempleo.

En concreto, el SEPE informa de que una causa de extinción del paro es la "imposición de sanción de extinción por reincidencia en infracciones leves o graves, o por la comisión de una infracción grave o muy grave de las sancionadas con la extinción del derecho".

Pero, ¿cuáles son esas infracciones? El SEPE las divide en leves, graves y muy graves. Son las siguientes:

Infracciones leves del SEPE

-No presentarse en una oficina del SEPE cuando haya sido citado para ello, salvo causa justificable.

-No presentarse ante los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación cuando haya sido citado para ello, salvo causa justificable.

-No devolver en plazo las justificaciones de haber comparecido a las ofertas de empleo facilitadas por las agencias de colocación o servicios de empleo.

-No cumplir las exigencias del compromiso de actividad con el SEPE.

-No facilitar la información necesaria para recibir notificaciones o comunicaciones.

Infracciones graves del SEPE

-No comunicar las bajas en las prestaciones en los precisos momentos en que se deja de reunir todos los requisitos necesarios para cobrarlas, entendiendo que se perciben de forma indebida.

-Rechazar una oferta de colocación adecuada, salvo causa justificada.

-Negarse a participar en los trabajos de colaboración social, en programas de empleo o en las acciones de orientación e información profesional ofrecidas por las agencias de colocación, salvo causa justificada.

Infracciones muy graves del SEPE

-Actuar de forma fraudulenta para disfrutar de prestaciones de mayor cuantía a las que se tiene derecho, o de una mayor duración.

-Compatibilizar las prestaciones por desempleo con un trabajo por cuenta ajena siempre que no se trate a tiempo parcial.

-Ponerse de acuerdo con el empresario para obtener de forma indebida prestaciones de la Seguridad Social.

-No destinar o desviar las cantidades procedentes de prestaciones por desempleo según lo establecido en los programas de fomento de empleo.

Estos son los meses que puedes perder de paro

La pérdida del paro, no obstante, puede producirse de forma definitiva o por periodos concretos de tiempo. Esto se debe a que dependiendo de la gravedad de la infracción y de la reincidencia, habrá sanciones de mayor o menor gravedad. Los periodos en los que se computa la acumulación de sanciones para la reincidencia son de un año, según explica el SEPE en su página web.

-Una infracción leve da lugar a la pérdida de un mes de prestación, mientras que dos infracciones provocan pérdidas de tres meses, tres infracciones conllevan seis meses de pérdida de prestacion y cuatro infracciones provocan la pérdida total de la prestación.

-Una infracción grave conlleva la pérdida de tres meses de prestación, dos infracciones graves dan lugar a seis meses de pérdida y tres infracciones graves tienen como consecuencia la pérdida definitiva de la prestación.

-Todas las sanciones muy graves, así como la grave en su modalidad de no comunicar el incumplimiento de requisitos para mantener la prestación, se saldarán con la pérdida definitiva e inmediata de la prestación.

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