Economía

Este es el complemento en la pensión de los jubilados anticipados que se paga a partir de marzo

  • Es una de las medidas contempladas dentro de la 'reforma Escrivá'
  • El pago solo será aplicable a jubilados con carreras de larga duración
  • Pretende compensar los beneficios que hubiesen tenido con la reforma
Foto: Dreamstime.

El mes de marzo llega con una sorpresa agradable para algunos pensionistas en nuestro país. En la nómina de las pensiones de este mes comenzará el pago de un nuevo complemento fruto de la reforma iniciada por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.

El complemento en cuestión se destinará a las personas que se hayan jubilado de forma anticipada entre 2002 y 2021 y que contasen con carreras de larga duración. La razón es que, con las nuevas medidas que han mejorado diferentes coeficientes reductores de esas jubilaciones anticipadas (tanto en su modalidad voluntaria como en la involuntaria), quedan en una posición de desigualdad ante los pensionistas que se jubilan de forma anticipada con los beneficios de la 'reforma Escrivá'.

No todos los pensionistas que se hayan acogido a jubilaciones anticipadas pueden cobrar este complemento: solo podrán hacerlo los que cuenten con carreras de al menos 44 años y seis meses o de 40 años si percibiesen pensiones de un importe inferior a los 900 euros mensuales.

Para conocer todos los detalles hay que acudir a la disposición adicional primera de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en el que se explica que este complemento se abonará en 14 pagas y tendrá a todos los efectos la naturaleza de pensión de jubilación contributiva, en la que se integrará con efectos a 1 de marzo de 2022.

Así, a partir de este mes de marzo (cuyas pensiones se suelen adelantar por los bancos unos días antes del final mes, en torno al día 25 en función de cada entidad bancaria) la Seguridad Social comenzará a pagar estos complementos, que por el momento han llegado para quedarse.

La cuantía de este complemento, se explica en la ley, viene determinada por la diferencia de aplicar a la pensión de jubilación los nuevos coeficientes reductores de la jubilación anticipada y la pensión inicialmente reconocida. Así, con la aplicación de los nuevos coeficientes reductores siempre que esa aplicación conllevase menor recortes se le abonaría a los jubilados esas cantidades extra de dinero que se les hubiesen concedido en el caso de jubilarse ahora mismo de forma anticipada.

Durante cuánto tiempo se pagará este complemento

Sin embargo, la duración del pago de este complemento aún se desconoce. Incluso podría no ser indefinida, ya que el mismo texto de la ley en la que se aprueba reconoce en su disposición adicional segunda que en el plazo de un año desde su implantación la medida se someterá a examen.

En el caso de que el pago del complemento no resultase eficaz para compensar a estos jubilados anticipados, el informe sobre la medida deberá contener "la relación de medidas y cambios legislativos a aprobar" para paliar esa situación.

Así son los cambios en los coeficientes de la jubilación anticipada

Los coeficientes reductores de la jubilación anticipada han sido modificados en lo que supone uno de los grandes cambios de la primera pata de la 'reforma Escrivá' de las pensiones. Se ha cambiado su naturaleza (han pasado a ser mensuales en lugar de trimestrales y aplicables sobre la pensión y no sobre la base reguladora) y también las reducciones de esos coeficientes.

La idea de la 'reforma Escrivá' es desincentivar las jubilaciones anticipadas con muchos meses de adelanto y las que tienen lugar justo antes de la edad ordinaria de jubilación, fomentando con mejores coeficientes reductores las jubilaciones anticipadas en tramos medios (entre 13 y 19 meses de adelanto respecto a la edad de jubilación).

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