Economía

Estos son los casos en los que puedes cobrar dos pensiones de incapacidad permanente

  • Solo sucede en los casos en que se genera en dos regímenes distintos
  • No se pueden cobrar dos pensiones de incapacidad del mismo régimen
Foto: Dreamstime.

La concesión de una pensión de incapacidad permanente es un proceso cargado de fases en la que el ciudadano tendrá que pasar por diferentes trámites por los cuales acredite su estado de incapacidad en alguno de sus grados para posteriormente cobrar la pensión. Se trata de un procedimiento que tiene sus tiempos (hasta 135 días hábiles en el peor de los casos), cargado de cierta incertidumbre y que a menudo se concibe como ciertamente complicado.

Sin embargo, existen diversas situaciones en las que los trabajadores pueden aspirar al cobro de dos pensiones de incapacidad permanente a la vez, aunque ello conllevaría de forma irremediable la existencia de dos incapacidades (o una generada en un momento dado y agravada posteriormente) que perjudicarían la salud del ciudadano en cuestión.

La clave radica en generar el derecho a pensión de incapacidad permanente en dos regímenes diferentes de la Seguridad Social. Por ejemplo: como autónomo y trabajador asalariado, como autónomo y trabajador del Mar, como asalariado y trabajador del Mar...en definitiva, en dos regímenes diferenciados.

De otra manera no se podría optar al cobro de dos pensiones de incapacidad a la vez. La justificación está en el artículo 163 de la Ley de la Seguridad Social, que establece que las pensiones del mismo régimen "serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario, a no ser que expresamente se disponga lo contrario, legal o reglamentariamente".

Y lo cierto es que hay jurisprudencia que habilita al cobro de dos pensiones de incapacidad permanente. Una sentencia del Tribunal Supremo de 2014 habilitó a un trabajador para el cobro de dos pensiones de incapacidad después de generar una pensión de incapacidad permanente total en el Régimen de Trabajadores del Mar que le permitió ejercer como carpintero en el Régimen General. Posteriormente, a raíz de un cáncer de próstata generó el derecho a una nueva pensión de incapacidad permanente.

Dentro de la sentencia, que se puede consultar en este enlace, ya se menciona un caso anterior: el de un taxista al que se le reconoció en 2012 la compatibilidad de dos pensiones de incapacidad permanente. En este caso, una afección cardíaca le provocó una incapacidad permanente total que le imposibilitó el trabajo en el taxi. Después inició una andadura como trabajador del Régimen General en la que dicha afección cardíaca se le agravó, pasando a una incapacidad permanente absoluta en ese régimen.

Para poder cobrar estas pensiones, eso sí, hay que reunir los requisitos legales exigidas en cada una de ellas y que principalmente hacen referencia a los periodos de cotización previos si la incapacidad deriva de una enfermedad común o un accidente no laboral.

La cuantía de cada una de las pensiones dependerá del grado de la pensión de incapacidad permanente, que da lugar a un cálculo distinto de la pensión en función de dicho grado. Para 2022 existen unas cuantías mínimas de las pensiones de incapacidad permanente, al igual que también existe una cuantía máxima de las pensiones, de 38.505,88 euros anuales.

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